Gobierno Vasco

Procedimientos de inspección y sancionadores en materia de Vivienda

Responsable del tratamiento

Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda, Departamento de Vivienda y Agenda Urbana
Donostia-San Sebastián 101010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018000 
Página web: https://euskadi.eus

Delegada de protección de datos

Donostia-San Sebastián 101010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018680

Finalidad del tratamiento

  • Gestión de las actuaciones del servicio de inspección relativo al cumplimiento de la función social de las viviendas y su uso conforme a la normativa en vigor, así como la gestión de los procedimientos sancionadores derivados de las infracciones asociadas a los mismos

Base jurídica

  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
  • LEY 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas Vascas.
  • LEY 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda.

Plazo de conservación

Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Categorías de personas interesadas

  • Solicitantes
  • Representantes legales
  • Personas propietarias o arrendatarias
  • Agentes de la propiedad inmobiliaria
  • Denunciantes
  • Personas interesadas
  • Personas usuarias de alojamientos dotacionales
  • Promotoras
  • Titulares de inmuebles

Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)

  • Otros órganos de la Comunidad Autónoma

Categorías de datos personales

  • Datos de carácter identificativo
  • Datos relativos a infracciones
  • Datos de características personales
  • Datos de circunstancias sociales
  • Datos académicos y profesionales
  • Datos económicos, financieros y de seguros
  • Menores

Transferencias internacionales

No están previstas

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

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