Habilitación de personas traductoras y/o interpretes juradas
Responsable del tratamiento
IVAP
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945017600
Página web: https://www.ivap.euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Gestionar el procedimiento para la obtención de la habilitación profesional y para la acreditación como persona traductora o intérprete jurada del euskera.
- Gestionar el registro de personas habilitadas como personas traductoras o intérpretes juradas de euskera.
Base jurídica
- Consentimiento del interesado o la interesada. (RGPD Art. 6.1.a) )
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
- LEY 10/1982, de 24 de Noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.
- DECRETO 88/2009, de 21 de abril, sobre habilitación de traductores e intérpretes jurados.
- DECRETO 133/2021, de 4 de mayo, por el que se regula la estructura y funciones del Instituto Vasco de Administración Pública.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Solicitantes
- Representantes legales
- Personas traductoras y/o intérpretes juradas
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Boletín Oficial del País Vasco
- Personas traductoras o intérpretes juradas
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos de características personales
- Datos académicos y profesionales
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.