Gobierno Vasco

Protocolo para la convivencia laboral

Responsable del tratamiento

Dirección de la Administración de Justicia, Departamento de Justicia y Derechos Humanos
Donostia-San Sebastián01010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018000 
Página web: https://euskadi.eus

Delegada de protección de datos

Donostia-San Sebastián 101010Vitoria-GasteizÁlava
Teléfono: 945018680

Finalidad del tratamiento

  • Elaboración de estadísticas y memorias anuales para finalidades de investigación y estudio.
  • Gestionar denuncias, quejas y reclamaciones relativas a situaciones de conflictos interpersonales, acoso laboral y violencia externa, así como gestionar los medios necesarios destinados a minimizar los efectos y a reparar el daño causado.

Base jurídica

  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
  • Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
  • LEY 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

Plazo de conservación

Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Categorías de personas interesadas

  • Representantes legales
  • Personas de contacto
  • Denunciantes
  • testigos
  • representantes sindicales
  • personas denunciadas
  • víctimas
  • personal de asistencia técnica externa

Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)

  • Servicios de prevención de Administraciones Públicas o empresas externas afectadas por la coordinación de actividades.

Categorías de datos personales

  • Datos de carácter identificativo
  • Datos de características personales
  • Datos de empleo y carrera
  • Categorías especiales de datos personales
    • Salud

Transferencias internacionales

No están previstas

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

ID: 1737