Gestión de ámbito disciplinario
Responsable del tratamiento
Viceconsejería de Seguridad-CEDPE, Departamento de Seguridad
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: https://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Investigación de conductas en el ámbito disciplinario, gestión y tramitación de los procedimientos disciplinarios incoados a miembros de la Policía Autónoma Vasca y adopción de posibles medidas cautelares y procedimientos relativos a las fuentes de información
- Se recoge la condición de representante o delegado sindical al objeto de informar al Consejo de la Ertzaintza según el art 17 de la Ley de Policía
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Ertzainas
- Otros colectivos
- Denunciantes, testigos, personas vinculadas con las actuaciones e investigaciones
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Órganos judiciales
- Otros órganos de la Comunidad Autónoma
- Dirección de Recursos Humanos. En determinados supuestos al Consejo de la Ertzaintza y a la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos relativos a infracciones
- Datos de empleo y carrera
- Categorías especiales de datos personales
- Afiliación sindical
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.