Gestión de expedientes de Seguridad Industrial
Responsable del tratamiento
Dirección de Desarrollo y Administración Industrial, Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: https://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Gestión de la Seguridad Industrial de las instalaciones y actividades industriales
- Auditorías para comprobar la correcta ejecución de las tareas asumidas.
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
- LEY 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
- DECRETO 5/2014, de 28 de enero, por el que se establece el procedimiento para el mantenimiento de los ascensores y para la realización de las inspecciones periódicas de los mismos.
Plazo de conservación
- Gestión de la Seguridad Industrial de las instalaciones y actividades industriales: 13 años
- Auditorías para comprobar la correcta ejecución de las tareas asumidas.: 10 años
Categorías de personas interesadas
- Solicitantes
- Personas usuarias
- Personas propietarias o arrendatarias
- Personas que acceden a las instalaciones o edificios
- Personal técnico competente
- Personas titulares de las instalaciones y actividades de seguridad industrial
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Organismos de control autorizados
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos académicos y profesionales
- Datos de empleo y carrera
- Datos económicos, financieros y de seguros
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.