Gestión de retribuciones
Responsable del tratamiento
Dirección de Empleo Público, Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: https://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Gestión del abono de las remuneraciones del personal funcionario y laboral, personal eventual y altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi: retribuciones, atenciones sociales, aportaciones a EPSV y mutualidades, gratificaciones extraordinarias e indemnizaciones
- Gestión de la indemnización por la finalización del cargo y de la prestación económica temporal del personal cargo público
- Gestión de las pensiones vitalicias
- Gestión de las cotizaciones a la Seguridad Social y al desempleo
- Gestión de retenciones tributarias y judiciales
Base jurídica
- Tratamiento necesario para ejecutar un contrato en el que el interesado o interesada es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. (RGPD Art. 6.1.b) )
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
- LEY 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- LEY 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
- LEY ORGÁNICA 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- LEY 14/1998, de 28 de octubre, de Retribuciones de Altos Cargos.
- LEY 7/1981, de 30 de Junio, sobre "LEY DE GOBIERNO".
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.
- NORMA FORAL 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- NORMA FORAL 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- NORMA FORAL 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Cargos públicos
- Personal de la Administración Pública de Euskadi
- Personal eventual
- Personal de la administración general
- Personal de la administración institucional
- Pensionistas
- Personal becario
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Bancos, cajas y cajas rurales
- Hacienda pública
- Organismos de la seguridad social
- Órganos judiciales
- Tribunal de cuentas o equivalente autonómico
- MUFACE, MUGEJU y clases pasivas. EPSVs y mutualidades. Servicio Público de Empleo Estatal. Los datos de retribuciones e indemnizaciones del personal cargo público se publican en la web institucional
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos de características personales
- Datos de empleo y carrera
- Datos económicos, financieros y de seguros
- Categorías especiales de datos personales
- Afiliación sindical
- Salud
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.