Capítulo I «Gastos de Personal» de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi
Responsable del tratamiento
Dirección de Presupuestos, Departamento de Hacienda y Finanzas
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: https://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Preparación y confección del Capítulo I «Gastos de Personal» de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En este capítulo se incluye tanto el personal de la Administración general e institucional como el personal de las sociedades públicas, consorcios y fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. (RGPD Art. 6.1.c) )
- DECRETO LEGISLATIVO 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las Fundaciones y Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- LEY 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Otros colectivos
- Personal de la administración general
- Personal de la administración institucional
- Personal de sociedades públicas, consorcios y fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Hacienda pública
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos económicos, financieros y de seguros
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.