Subvenciones para el alumnado
Responsable del tratamiento
HABE
Vitoria-Gasteiz, 3 - 6º, 20018, Donostia / San Sebastián, Gipuzkoa
Teléfono: 943022600
Página web: http://www.habe.euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Gestión de subvenciones dirigidas al alumnado de los euskaltegis y de los centros homologados de autoaprendizaje del euskera
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables.
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- LEY 29/1983, de 25 de Noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de Regulación de los Euskaltegis.
- DECRETO LEGISLATIVO 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Solicitantes
- Representantes legales
- Alumnado
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Diputaciones Forales
- Otros órganos de la administración local
- Otros órganos de la Comunidad Autónoma
- Tribunal de cuentas o equivalente autonómico
- Diputación y/o Ayuntamiento competente en cada caso, otras Comunidades Autónomas,Tribunal de Cuentas
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos de características personales
- Datos académicos y profesionales
- Datos económicos financieros y de seguros
- Menores
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.