RECURSOS HUMANOS
Responsable del tratamiento
Instituto Vasco de Finanzas
Edificio Bolsa de Bilbao
Jose María Olabarri 1, 3 , 48001, Bilbao, Bizkaia
Teléfono: 944033850
Página web: https://www.ivf-fei.euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Gestión del personal
- Expediente personal
- Vida laboral, situaciones administrativas
- Control horario
- Bajas, incapacidades
- Incompatibilidades
- Formación
- Planes de pensiones
- Gestión de la acción social
- Prevención de riesgos laborales
- Emisión de la nómina
- Gestión de la actividad sindical
- Gestión de los impuestos
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. (RGPD Art. 6.1.e) )
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- LEY 6/1989, de 6 de Julio, de la Función Pública Vasca.
- LEY 19/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Instituto Vasco de Finanzas.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Personas empleadas
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Bancos, cajas y cajas rurales
- Diputaciones Forales
- Entidades aseguradoras
- Hacienda pública
- Organismos de la seguridad social
- EPSV
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos académicos y profesionales
- Datos de empleo y carrera
- Datos económicos, financieros y de seguros
- Categorías especiales de datos personales
- Afiliación sindical
- Salud
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.