Solicitud de ayudas a la rehabilitación de viviendas
Actuaciones apoyadas:
- Adecuación estructural y constructiva del edificio y de adecuación de las condiciones de habitabilidad de las viviendas y locales comerciales.
- Adecuación de las viviendas y sus accesos a la normativa vigente para personas con discapacidad física.
- Intervención en la envolvente térmica para ahorro de energía.
- Adecuación del acabado general de la edificación y de las viviendas a los principios de la buena construcción.
Para solicitar una ayuda, el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, pone a disposición de la ciudadanía esta aplicación para la presentación telemática de dichas solicitudes.
Así, se establecen 3 líneas de ayudas:
- Línea 1: Medidas financieras para obras particulares. Cuando las obras o intervenciones de rehabilitación se efectúen en viviendas unifamiliares o en elementos privativos de edificios en régimen de propiedad horizontal o de complejo inmobiliario privado, tanto en las viviendas como en los locales que se destinen a vivienda.
- Línea 2: Medidas financieras para obras comunitarias.Cuando las obras o intervenciones de rehabilitación se efectúen en elementos comunes de la construcción, instalaciones o servicios comunes de viviendas bifamiliares o adosadas y de edificios de tipología residencial colectiva con uso principal de vivienda, en régimen de propiedad horizontal, de complejo inmobiliario privado o de titularidad única.
- Línea 3: Medidas financieras para obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente. Cuando las obras de rehabilitación tienen un alcance global propio de un proyecto de intervención que abarca de forma conjunta y simultánea, la eficiencia energética, la accesibilidad y la seguridad en caso de incendio de, al menos, un edificio completo de tipología residencial colectiva con uso principal de vivienda. Asimismo, los proyectos de intervención podrán contemplar actuaciones de mejora de la habitabilidad exterior de las viviendas.
Puede encontrar más información acerca de las líneas, así como de los requísitos de las mismas, en este enlace.
Se incluirán, al menos, las obras relacionadas con:
- Renovación o instalación de ascensores, que supriman las barreras arquitectónicas.
- Supresión de barreras arquitectónicas, como creación de un itinerario practicable global desde la vía pública, o sin crear un itinerario practicable global, que se adapten a las posibilidades del edificio.
- Reformas de los accesos desde la vía pública.
- Renovación de equipos e instrumentos, así como su apropiada señalización.
- Adaptación de la distribución de la vivienda para la supresión de barreras arquitectónicas o adaptación a discapacitados sensoriales.
Se incluirán, al menos, las obras relacionadas con:
- Actuaciones para la adecuación estructural.
- Rehabilitación de fachadas.
- Intervenciones para la mejora de la habitabilidad exterior de las viviendas de la edificación mediante la instalación de terrazas y balcones a las viviendas que carecían de ellas. También ampliación o prolongación de balcones en edificios que ya disponen de ellos hasta convertirlos en estancias exteriores o terrazas, cuando se produzca un aumento de la superficie destinada a estos espacios y se configuren como espacios de uso privativo de las viviendas.
- Sustitución de cubiertas, instalaciones, aislamiento acústico con el fin de adaptar el elemento rehabilitado a los parámetros que exige la normativa vigente.
- Actuaciones para la adecuación urbanística.
- Actuaciones para la seguridad del edificio en materia de incendios.
- Arreglos de portal y escaleras.
Obras por cambio de ventanas.
Obras de adecuación de los elementos privativos, o del edificio, en el supuesto de edificios unifamiliares, para que las viviendas cumplan con las condiciones de habitabilidad exigidas en la normativa vigente.
Se incluirán, al menos, las obras relacionadas con:
- Nueva ejecución o la reforma de instalaciones completas de electricidad, saneamiento, abastecimiento, suministros básicos, mejora de la funcionalidad de los espacios, mejora de la calidad del aire interior, sistemas de gestión residuos, etc.
- Mejora confort acústico.
- Conversión de locales en viviendas.
- Fachada, cubierta y estructura en el caso de edificios unifamiliares.
Se incluirán, al menos, las obras relacionadas con:
- Adaptación de baños.
- Adaptación de la distribución de la vivienda para la supresión de barreras arquitectónicas o adaptación a discapacitados sensoriales.
- El edificio carece de ascensor
- El edificio dispone de ascensor, pero la cabina no es accesible o practicable
- La accesibilidad a cota cero desde la vía pública a cada vivienda no está garantizada y no puede resolverse exclusivamente mediante rampas accesibles
Provincia | Municipio | Calle | Portal | C.P. |
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Euskadi ha cumplido ya con los objetivos de los Fondos Next Generation EU para la rehabilitación energética de edificios y viviendas.
En estos momentos, el proceso para admitir nuevas solicitudes respecto a los programas 3, 4 y 5 está paralizado. En caso de recibir nuevos fondos que permitan acoger más expedientes, informaremos de la reactivación del plazo de solicitudes.
Sin embargo, se pueden seguir solicitando ayudas, incluyendo las de eficiencia energética, en el marco de las líneas contempladas en la orden del 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética:
- Línea 1: Medidas financieras para obras particulares.
- Línea 2: Medidas financieras para obras comunitarias.
- Línea 3: Medidas financieras para obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente.