Mugikortasun Jasangarriaren Saila

Derecho de adquisición preferente por el inquilino

En caso de que el propietario decida efectuar la venta de una vivienda que tenga arrendada, el arrendatario tendrá derecho a la  adquisición de la misma de manera preferente.

Por eso, el dueño de la vivienda arrendada tendrá que notificar al arrendatario su intención de venderla y ofrecérsela a él en primer lugar, indicándole el precio  y las condiciones de  compraventa previstas.

Fecha de la última modificación: 19/10/2009