Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Solicitar una reducción de jornada

La reducción de jornada tiene efectos sobre el porcentaje de cotización. Las cotizaciones realizadas durante los dos primeros años del período de reducción de jornada por cuidado de menor de 12 años, en los términos del art.  37.6 del ET, se computarán incrementadas hasta el 100% de la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo. Para el resto de supuestos de reducción de jornada (personas con discapacidad mayores de 12 años o familiares hasta el 2º grado), dicho incremento estará referido exclusivamente al primer año.

En el caso del cuidado de menores de 12 años, de cara al cálculo de prestaciones futuras, sería como si estuviera cotizando a jornada completa el primer y segundo año. Pero los futuros meses restantes, a partir del tercer año, dejaría de cotizar aproximadamente la misma proporción que se reduce la jornada.

Las ayudas ordinarias dirigidas a las familias están reguladas en el Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, y son:

  • Ayudas a personas trabajadoras en situación de excedencia o reducción de jornada de tra­bajo para el cuidado de hijos o de hijas (línea N). SOLICITAR (abre en nueva ventana)
  • Ayudas a personas trabajadoras en situación de excedencia o reducción de jornada de tra­bajo para el cuidado de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria (línea D).   SOLICITAR (abre en nueva ventana)