Departamento de Seguridad

Registro de empresas de juego como fabricantes, importadores, comercializadoras o de asistencia técnica

Descripción


La fabricación, importación y comercialización de los materiales y elementos de juego, y la asistencia técnica de los mismos, únicamente podrá realizarse por personas inscritas en la correspondiente sección de empresas fabricantes, importadoras, comercializadoras y de asistencia técnica del Registro Central de Juego de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Las solicitudes de inscripción, modificación y baja en el registro deberá formularse ante la Autoridad Reguladora del Juego de forma telemática haciendo constar como mínimo, los siguientes extremos:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente, en el caso de personas físicas.
  2. Si la solicitante fuera persona jurídica, fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de la persona que ostente la representación, acompañado de copia compulsada o testimonio notarial de su poder junto con una copia compulsada o testimonio notarial de la escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, con certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
  3. Memoria justificativa de los medios técnicos y humanos con que cuenta para el ejercicio de la actividad.

A quién va dirigido


Empresas dedicadas a la fabricación, importación, comercialización y asistencia técnica de materiales y elementos de juego.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Juego y Espectáculos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Juego y Espectáculos

Información de contacto


Datos de contacto

Dirección de Juegos y Espectáculos

Departamento de Seguridad - Gobierno Vasco

Donostia - San Sebastián, 1

01009 - Vitoria-Gasteiz, Álava

Tfno.: 945 01 88 79 / Fax: 945 01 87 48

Correo electrónico: juegoyespectaculos@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Inscripción en el Registro General de Juego: 0017503
  • Modificación de datos en el Registro General de Juego: 0017505
  • Baja en el Registro General de Juego: 0017504

Solicitud de inscripción


Las solicitudes de inscripción en el registro deberán formularse ante la Autoridad Reguladora del Juego de forma telemática haciendo constar como mínimo, los siguientes extremos:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente, en el caso de personas físicas.
  2. Si la solicitante fuera persona jurídica, fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de la persona que ostente la representación, acompañado de copia compulsada o testimonio notarial de su poder junto con una copia compulsada o testimonio notarial de la escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, con certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
  3. Memoria justificativa de los medios técnicos y humanos con que cuenta para el ejercicio de la actividad.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites


Solicitud de modificación de datos


Las solicitudes de modificación de datos en el registro deberán formularse ante la Autoridad Reguladora del Juego de forma telemática haciendo constar como mínimo, los siguientes extremos:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente, en el caso de personas físicas.
  2. Si la solicitante fuera persona jurídica, fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de la persona que ostente la representación, acompañado de copia compulsada o testimonio notarial de su poder junto con una copia compulsada o testimonio notarial de la escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, con certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
  3. Memoria justificativa de los medios técnicos y humanos con que cuenta para el ejercicio de la actividad.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites


Solicitud de baja


Las solicitudes de baja en el registro deberán formularse ante la Autoridad Reguladora del Juego de forma telemática haciendo constar como mínimo, los siguientes extremos:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente, en el caso de personas físicas.
  2. Si la solicitante fuera persona jurídica, fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de la persona que ostente la representación, acompañado de copia compulsada o testimonio notarial de su poder junto con una copia compulsada o testimonio notarial de la escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, con certificado de inscripción en el Registro Mercantil.
  3. Memoria justificativa de los medios técnicos y humanos con que cuenta para el ejercicio de la actividad.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites