Registro y depósito de Convenios, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, del País Vasco.

Descripción



 

El Departamento de Trabajo y Empleo cuenta con un procedimiento telemático para el registro de los Convenios, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de igualdad de ámbito de la CAV y de los territorios históricos.

Este procedimiento se realiza a través de la aplicación RECGON, dando así cumplimiento al mandato previsto en el artículo 90.2 del Estatuto de los Trabajadores, cuyo desarrollo reglamentario se lleva a cabo a través del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Trabajo y Seguridad Social

Información de contacto


Datos de contacto

Telefono: 900 494 453

Correo electrónico: cauregcon@meyss.es

Código(s)

  • Convenios Colectivos y Acuerdos Colectivos de Trabajo.: 0607601

Inscripción de Convenios Colectivos y Acuerdos Colectivos de Trabajo.


 

 Plazo para realizar la inscripción: dentro de 15 días a partir de la firma del convenio o acuerdo colectivo.

Solicitantes de la inscripción: en función del objeto de inscripción, se designa una persona por la comisión negociadora para que tramite su inscripción.

Documentos a presentar: junto con los datos relativos a las partes firmantes dela cuerdo o acto para el que se solicita la inscripción y la fecha de la firma, así como su ámbito personal, funcional, territorial y temporal, se deben cumplimentar los datos estadísticos recogidos en los modelos oficiales que figuran en el Anexo 2 del Real Decreto 713/2010.

Igualmente se deberán presentar los siguientes documentos:

(1) Texto original del convenio, acuerdo o comunicación firmado por los componentes de la comisión negociadora o de la parte que formula la solicitud.

(2) Las actas de las distintas sesiones celebradas, incluyendo las referentes a las de constitución de la comisión negociadora y de firma del convenio, con expresión de las partes que lo suscriban.

(3) Texto original del convenio, acuerdo o comunicación en formato Word para que se proceda a su publicación.

Si, presentada la solicitud, se comprueba que la misma no reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. En caso contrario, se le tendrá por desistido de su petición.

Además, en caso de que la autoridad laboral estime que el texto presentado conculca la legalidad vigente se impugnará de oficio ante la Jurisdicción Social.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Inscripción de Planes de Igualdad


 

 

Inscripción de Planes de Igualdad

Plazo para realizar la inscripción: dentro de 15 días a partir de la firma del Plan de Igualdad.

Solicitantes de la inscripción: se designa una persona por la comisión negociadora para que tramite su inscripción.

Documentos a presentar: junto con los datos relativos a las partes firmantes del plan de igualdad y la fecha de la firma, así como su ámbito personal, funcional, territorial y temporal, se deben cumplimentar los datos estadísticos recogidos en los modelos oficiales que figuran en el Anexo 2.V del Real Decreto 713/2010.

Igualmente se deberán presentar los siguientes documentos:

(1) Texto original del Plan de Igualdad firmado por los componentes de la comisión negociadora o de la parte que formula la solicitud.

(2) Las actas de las distintas sesiones celebradas, incluyendo las referentes a las de constitución de la comisión negociadora y de firma del Plan de Igualdad, con expresión de las partes que lo suscriban.

(3) Texto original del Plan de Igualdad en formato word.

(4) Acreditación de  la representatividad del “banco social”: actas de elecciones  de  representantes (RLT), documento de  constitución de  las secciones sindicales, comunicaciones dirigidas a los sindicatos mayoritarios, etc.

Si, presentada la solicitud, se comprueba que la misma no reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. En caso contrario, se le tendrá por desistido de su petición.

Además, en caso de Planes de Igualdad no ajustados a derecho se iniciarán las actuaciones que procedan con la Inspección de Trabajo.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.