Registro de certificados de eficiencia energética de Euskadi

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Descripción

Con la finalidad de fomentar la eficiencia energética de los edificios de la Unión Europea, la normativa comunitaria ha establecido la obligación de la certificación energética de los edificios, exigiendo a los Estados miembro el establecimiento de sistemas de control independientes que garanticen la calidad de dichas certificaciones.

En cumplimiento de la normativa comunitaria, el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, estableció que desde el 1 de junio de 2013 los propietarios de edificios o parte de los mismos, como es el caso de viviendas y locales, deben disponer del Certificado de Eficiencia Energética para la venta o alquiler de los mismos. Este certificado debe inscribirse en el Registro habilitado al efecto en cada Comunidad Autónoma.

El Certificado de Eficiencia Energética evalúa la eficiencia energética del edificio calificándolo con una letra que varía desde la A, para los más eficientes, a la G para los menos, y además, debe incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del mismo.

El objetivo de la certificación energética es fomentar el ahorro y la eficiencia energética, así como servir de herramienta para valorar y comparar inmuebles con el fin de favorecer la promoción de aquellos que tengan mayor eficiencia energética e impulsar las inversiones en ahorro de energía. La inversión en rehabilitación energética repercute directamente en el gasto de energía y por tanto supone un ahorro para el usuario tanto a nivel energético como económico.

Adscrito a la Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, existe el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco. Este Registro tiene carácter único para todo el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, es público y de acceso libre, e informa acerca de la eficiencia energética del edificio, no suponiendo la acreditación del cumplimiento de ningún otro requisito exigible al edificio.

La inscripción en el Registro de los Certificados de Eficiencia Energética tiene por finalidad dar publicidad a la información básica sobre la calificación energética del inmueble, facultar para disponer de la Etiqueta de Eficiencia Energética, servir como instrumento para el ejercicio por parte de la Administración, y de los agentes acreditados, de las labores de control e inspección establecidas en la legislación aplicable en materia de eficiencia energética y propiciar la elaboración por parte de la Administración de estudios, análisis y estadísticas sobre la aplicación práctica de la certificación de eficiencia energética de los edificios, que permitan diseñar medidas y establecer criterios para la mejora de los objetivos de la eficiencia energética.

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