Becas universitarias, ayudas y subvenciones
Responsable del tratamiento
Dirección de Política y Coordinación Universitaria, Departamento de Educación
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: http://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945 018 680
Página web: www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
Concesión de becas al alumnado universitario de primer y segundo ciclo y másteres oficiales y grados. Concesión de exenciones de tasas. Colaborar en el funcionamiento de entidades que desarrollan su actividad en el ámbito universitario.
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
- Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Solicitantes
- Estudiantes
- Representantes legales
- Representantes de entidades solicitantes, profesorado, autores.
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Otros órganos de la Comunidad Autónoma
- Universidades, Departamento de Economia y Hacienda del GV
Categorías de los datos
- Datos de carácter identificativo
- Características personales
- Datos relativos a circunstancias sociales
- Datos académicos y profesionales
- Datos de empleo y carrera administrativa
- Datos económicos financieros y de seguros
- Categorías especiales de datos
- Salud
Transferencias internacionales
No están previstasMedidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.