Procedimiento sancionador de tráfico
Responsable del tratamiento
Delegada de protección de datos
Finalidad del tratamiento
Tramitación y revisión de los expedientes administrativo sancionadores incoados por las oficinas territoriales de tráfico y el Centro Automatizado de Tramitación de Infracciones de Tráfico. Gestión de cobros y pagos en vía voluntaria de los expedientes administrativo sancionadores incoados por las oficinas territoriales de tráfico y el Centro Automatizado de Tramitación de Infracciones de Tráfico.
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Persona conductora del vehículo, ocupante o titular del mismo; peatón o persona conductora de animales.
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Otros órganos de la Administración del Estado
- Dirección general de tráfico.
Categorías de los datos
- Datos de carácter identificativo
- Datos relativos a infracciones
- Características personales
- Datos económicos financieros y de seguros
Transferencias internacionales
No están previstasMedidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.