Resultado de la petición:

Ficha metodológica

INDICADOR:Población perceptora de pensiones no contributivas (‰ habitantes)
EJE:Economía / Competitividad
AREA:Recursos económicos de la población
CÓDIGO:E.5.2.3.
DEFINICIÓN:
Número total de personas perceptoras de Pensiones No contributivas (pensiones del Fondo de Bienestar Social, pensiones No contributivas o subsidios provenientes de la Ley de Integración Social de Minusválidos), por cada 1.000 habitantes.
METODOLOGÍA DE CÁLCULO:
formula
UNIDAD DE MEDIDA:
‰ habitantes
FUENTES DE INFORMACIÓN:

Instituto Foral de Bienestar Social, Diputación Foral de Álava

Estadistica municipal de habitantes (EUSTAT)

Departamento de política Social, Diputación Foral de Gipuzkoa

Departamento de Acción Social, Diputación Foral de Bizkaia

PERIODICIDAD DE CÁLCULO:
Anual
ÚLTIMO DATO DISPONIBLE:
2006
OBSERVACIONES:

Las pensiones no contributivas garantizan unos ingresos mínimos a aquellas personas que, por edad o discapacidad, se encuentran en una situación de necesidad al carecer de rentas o ingresos suficientes. Las pensiones no contributivas implican no sólo el reconocimiento de una renta económica, sino también el derecho a asistencia médico-farmacéutica y a servicios sociales. Proporciona, por tanto, una cobertura integral ante una situación de necesidad. Dada su naturaleza no contributiva, independiente de las cotizaciones a la Seguridad Social, su importe se fija en las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado. Su financiación corresponde en su totalidad al Estado del que la Seguridad Social recibe las correspondientes transferencias para soportar el gasto.

Dentro de las Pensiones No Contributivas se distinguen las siguientes tipologías:

-Pensiones No Contributivas (PNC): Consiste en el pago periódico de una cantidad para la cobertura de las necesidades básicas, siendo modalidad de garantías mínimas, pues si ya dispone de otros ingresos propios, solo se abona hasta el importe máximo garantizado. Existen dos modalidades: PNC por invalidez y PNC por jubilación. Se pueden acoger a estas pensiones las personas que tengan más de 65 años y las personas minusválidas con un porcentaje superior al 65% y que no tengan posibilidad de disponer de pensiones contributivas (Seguridad Social u otros).

-Pensión del Fondo de Bienestar Social (FBS): Estas ayudas se dirigen a aquellas personas de bajos ingresos, mayores de 65 años ó minusválidas con edad comprendida entre 16 y 65 años con una discapacidad mayor del 45% y que no tengan posibilidad de acceder a otras pensiones (incluida la pensión no contributiva). Existen dos modalidades: FBS de ancianidad y FBS de enfermedad.

-Subsidios de la Ley de Integración Social de Minusválidos - Asistencia Sanitaria y Farmaceutica (LISMI): Estas ayudas se dirigen a toda aquellas personas afectadas por una minusvalía en