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Ficha metodológica

INDICADOR:Índice de delitos (‰ habitantes)
EJE:Cohesión social / Calidad de vida
AREA:Seguridad ciudadana
CÓDIGO:S.8.2.1
DEFINICIÓN:
Número total de delitos y faltas conocidos y registrados por el cuerpo de agentes de la Ertzaintza ocurridos en el municipio, por cada 1.000 habitantes.
METODOLOGÍA DE CÁLCULO:
formula
UNIDAD DE MEDIDA:
FUENTES DE INFORMACIÓN:

Gabinete de la Viceconsejería de Seguridad del Departamento de Interior del Gobierno Vasco

Estadistica municipal de habitantes (EUSTAT)

PERIODICIDAD DE CÁLCULO:
Anual
ÚLTIMO DATO DISPONIBLE:
2022
OBSERVACIONES:

El Gabinete de la Viceconsejería de Seguridad, adscrito al Departamento de Interior del Gobierno Vasco, tiene, entre sus funciones, la responsabilidad de elaborar estadísticas de interés policial, incluyendo la organización del proceso de recogida de datos, el análisis y prospección de los datos recogidos, así como su explotación y difusión interna, con el fin de orientar los procesos de toma de decisiones de los responsables del Departamento.

Este indicador recoge en su cálculo los delitos y faltas registrados por la Ertzaintza (cuerpo de policía autonómica de la C.A. de Euskadi), según el municipio de los hechos.

Se consideran delitos y faltas, aquellas acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley, con arreglo al artículo 10 del Código Penal de 1995. Añade el artículo 13.3 que son faltas las infracciones que la Ley castiga con pena leve.

Cabe añadir, que la no coincidencia del número total de delitos y faltas registrados en la totalidad del C.A. de Euskadi y territorios históricos (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa) con la suma individual de los delitos y faltas registrados en cada uno de los municipios que lo conforman, se debe a la existencia de un conjunto de infracciones en las que se desconoce el municipio concreto de los hechos delictivos.