La Fundación es una entidad sin ánimo de lucro que tiene afectado al cumplimiento de una finalidad de interés general un patrimonio con carácter duradero.
Son fines de interés general, entre otros, los siguientes: los relacionados con la asistencia social, la educación, la cultura, la ciencia, el deporte, la salud, la cooperación para el desarrollo, la protección del medio ambiente, la promoción de la investigación o del trabajo voluntario.
Las fundaciones adquieren su personalidad jurídica mediante la inscripción en el registro de fundaciones, que es de carácter constitutivo.
Para efectuar la citada inscripción es imprescindible el otorgamiento de la escritura pública en la que, asimismo, deben constar los estatutos y el nombramiento de los miembros del patronato.
Los estatutos deben contener al menos los siguientes apartados: