Departamento de Economía y Hacienda

Seguros: Qué debes tener en cuenta

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Seguros: Qué debes tener en cuenta

Tu compañía de seguros te ha impedido ver la cobertura real de tu póliza. Creías tener incluidos daños que, a la hora de la verdad, no es así. Te han valorado a la baja objetos robados y no hacen más que subirte la prima todos los años.

Las personas consumidoras en ocasiones son víctimas de malas prácticas por parte de las compañías de seguros. No esperes a encontrarte con el agua al cuello frente a tu aseguradora y sé una persona precavida.

A la hora de contratar un seguro debes tener claro lo que firmas y qué derechos tienes.

  • Lee detenidamente las condiciones del contrato y pregunta tus dudas antes de firmar.
  • Tienes derecho a recibir una copia de la póliza, para que sepas qué es lo que tienes asegurado.
  • Si tienes un siniestro, comunícalo en un máximo de 7 días, salvo que se haya fijado un plazo mayor.
  • Si no estás conforme con el peritaje, puedes solicitar uno nuevo.
  • Si quieres dar de baja un seguro, notifícalo por escrito a la compañía un mes antes del vencimiento de la póliza.
  • Si es la compañía quien quiere dar por finalizado el contrato, debe avisarte con dos meses de antelación. En el mismo plazo debe notificarte si modifica las condiciones del contrato (la cuantía de la prima, por ejemplo). En este caso, puedes exigir que se mantengan las condiciones anteriores, pero si la compañía no lo acepta, no puede obligarte a prorrogar el contrato y puedes darte de baja sin importar el tiempo de preaviso. 

Información contractual 

La póliza debe incluir: los datos personales de la persona asegurada y de la aseguradora; y los objetos, garantías y sumas aseguradas. También debe reflejarse el importe de la prima, la duración del seguro y su vencimiento.

Si existen condiciones especiales como la exclusión de determinados riesgos, también deberán aparecer en la póliza, así como las condiciones generales. Estas deben ajustarse a los requisitos recogidos en la Ley de Contrato de Seguro.

Daños por tormentas, inundaciones o de incidencia política o social 

Si sufres un siniestro extraordinario causado por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social, además de comunicárselo a tu aseguradora, puedes hacerlo ante el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). El Consorcio se podrá hacer cargo -según el tipo de riesgo y según lo contratado en la póliza privada- de las indemnizaciones para los vehículos y las viviendas, siempre que las personas o los bienes afectados estén asegurados.

Si vas a comunicárselo al Consorcio, debes hacerlo lo antes posible llamando al teléfono 900 222 665 u online a través de su web

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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