Lehendakaritza

[01] - Ley de 2º modificación de la ley de Igualdad de mujeres y hombres (antes Ley para la erradicación de la Violencia contra las mujeres)

Entidad:
Lehendakaritza
Estado:
Proyecto de ley enviado al parlamento

Legislatura

XI Legislatura

Objetivos y Sectores

Adecuarse a los estándares internacionales y europeos de derechos humanos, principalmente, el Convenio de Estambul, las nuevas leyes de protección a la infancia y la adolescencia (2015) y la Ley del Estatuto de la víctima, todo ello con el fin de reforzar y complementar la prevención y la respuesta ante la violencia contra las mujeres.

La normativa internacional de derechos humanos, así como el Convenio de Estambul del Consejo de Europa instan a los poderes públicos a legislar sobre violencia contra las mujeres reafirmando el vínculo existente entre la discriminación por motivos de género y la violencia contra las mujeres. De este modo, establecen que el enfoque de género es el pilar sobre el que debe articularse la respuesta.

Euskadi dispone de una ley pionera, la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, que regula la prevención y la erradicación de la violencia contra las mujeres. Por ello, en el desarrollo de la tramitación de este proyecto de ley se planteará una reflexión abierta acerca de la forma más adecuada de dar respuesta a este compromiso teniendo en cuenta la realidad. Desde esta perspectiva, se valorará también como una opción alternativa la modificación de la Ley de Igualdad, en su capítulo VII: “violencia contra las mujeres” con el fin de adecuarlo al Convenio de Estambul, con el objetivo de evaluar la mejor forma de responder a los objetivos marcados contribuyendo además a reforzar el vínculo existente entre la discriminación por motivos de género y la violencia contra las mujeres

Otros Objetivos:
  • Realizar un proceso de trabajo que posibilite, en el marco de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo Interinstitucional para la mejora de la atención a mujeres víctimas de violencia en el ámbito doméstico y de violencia sexual, una actualización de dicho acuerdo que incluya, entre otros, la adecuación de los protocolos,
  • Analizar los resultados de las evaluación continua de la atención a mujeres víctimas que se hace en respuesta a la Ley 4/2005, además de los que resulten del contraste de los estándares internacionales de calidad en la atención a víctimas de la violencia contra las mujeres en la CAPV, con el fin de identificar los aspectos que requieren nuevas respuestas en el sistema de atención.
  • En todo este proceso de análisis y búsqueda de la formulación adecuada para dar respuesta al compromiso adquirido, se utilizarán metodologías que permitan la participación de diferentes sectores, contribuyendo a la sensibilización social sobre dicha problemática.
Sectores sociales implicados:

Sector Educativo, Seguridad, Justicia, Asuntos Sociales, Empleo, Vivienda, Sector sanitario y judicial

Fecha estimada de remisión a Consejo de Gobierno para la aprobación del Proyecto de ley

Tercer cuatrimestre de 2019.

Fases Completadas

Fase Fecha de inicio Fecha de fin Estado
Orden del Consejero/a para la iniciación del procedimiento Completado
Aprobación del Consejero/a del texto redactado Completado
Trámite de negociación, audencia o consulta Completado
Informes y dictámenes preceptivos Completado
Memoria sucinta del procedimiento seguido Completado
Aprobación en Consejo de Gobierno Completado
Envío al Parlamento Completado

Fecha de última modificación: