Abierto el programa de ayudas destinado a mejorar la eficiencia energética en el sector turístico de Euskadi con 3,8 millones de euros

Serán destinatarias últimas de las ayudas por la realización de las actuaciones, las personas propietarias y las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico ubicados en Euskadi

Se han publicado en el BOPV las bases del Programa de Ayudas para Proyectos de Eficiencia Energética de Empresas Turísticas de Alojamiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El día 13 de diciembre se abrirá el plazo de recepción de solicitudes y se cerrará el 31 de diciembre de 2024. El programa de ayudas está dotado con 3,8 millones de euros y persigue acelerar la renovación de los edificios destinados a establecimientos de alojamiento e incrementar la competitividad de las empresas turísticas de Euskadi. Los proyectos que se desarrollen mediante el impulso de este programa de ayudas permitirán la incorporación de estándares en materia de eficiencia energética y economía circular, para reducir así su huella de carbono y los costes energéticos.

A través del conjunto de actuaciones detallado se pretenden alcanzar los objetivos de un ahorro energético de: 622 tep/año (tonelada equivalente de petróleo) y una eficacia de 164 tep ahorrados por millón de euros de subvención. 

Las ayudas están destinadas a personas propietarias y a empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico ubicados en Euskadi que desarrollen las siguientes actuaciones: 

  • Tipología 1: Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Tipología 2: Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
  • Tipología 3: Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 

Las actuaciones tendrán que realizarse, necesariamente en edificios o complejos de edificios, destinados a alojamiento turístico e inscritos necesariamente en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi (REATE). Así, se definen como establecimientos de alojamiento turístico los locales, instalaciones y bienes muebles abiertos al público en general, de acuerdo en su caso con la normativa aplicable, en los que se prestan ser­vicios turísticos de alojamiento. No se incluyen en esta definición las viviendas para uso turístico, ni los espacios donde se preste el servicio de alojamiento en habitaciones de viviendas particulares para uso turístico. 

En concreto, se considerarán establecimientos de alojamiento turísticos, los siguientes: 

  • Establecimientos hoteleros: Hoteles, hoteles-apartamentos y pensiones
  • Apartamentos turísticos
  • Campings
  • Agroturismos y casas rurales
  • Albergues turísticos 

Las actuaciones para las que se solicita ayuda, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30?% con respecto a la situación de partida, lo que se justificará mediante el certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual y el certificado de eficiencia energética del edificio alcanzado tras la reforma. 

La tramitación completa de los expedientes relativos a este programa de ayudas (solicitudes, requerimientos, notificaciones, subsanaciones y demás gestiones) se realizará por medios electrónicos, haciendo uso de la aplicación de tramitación electrónica de Gobierno Vasco - Tramitagune y que se encuentra disponible en Euskadi.eus y en la página web de EVE (www.eve.eus).