Departamento de Salud / Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

CT y CIC

Línea de financiación a los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (Centros Tecnológicos y Centros de Investigación Cooperativa).

CIRCULANTE, CENTROS TECNOLÓGICOS, CENTROS DE INVESTIGACIÓN COOPERATIVA, INNOVACIÓN

Objetivo

Facilitar financiación para atender a las necesidades de circulante del colectivo específico.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder los Centros Tecnológicos y los Centros de Investigación Cooperativa acreditados, conforme a lo establecido en el Decreto 109/2015 de 23 de junio.

Principales requisitos

  • Que se hallen acreditados como agentes integrantes de la RVCTI conforme a la normativa vigente con anterioridad a la aprobación de la presente línea financiera.
  • Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales y con la Seguridad Social.
  • Que la persona física o jurídica privada que sea beneficiaria no tenga la consideración de “empresa en crisis”.
  • No existir sanción penal ni administrativa que implique la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
  • No haber solicitado la declaración o hallarse en situación de concurso o insolvencia en cualquier procedimiento.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • No hallarse en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir los requisitos para someterse a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de la parte acreedora.

Costes financiables

Necesidades de liquidez y financiación de capital circulante derivada de la actividad ordinaria de la parte solicitante.

Condiciones del préstamo

  • Instrumento: préstamo.
  • Importe: la línea tiene un límite máximo de 10 millones de euros y la cuantía del préstamo aprobado será determinada en función del análisis de la solicitud realizada, de la capacidad para atender el cumplimiento y de los recursos económicos disponibles para la línea.
  • Disposición: en varios abonos, a concretar por operación.
  • Plazo: 2 años.
  • Tipo de interés: Euribor a 12 meses + 1,25 %, con un mínimo del 1,25 %.
  • Comisiones: a definir en función de la financiación.
  • Garantías: Las contragarantías que en su caso se tomen podrán incluir la cesión de derechos de cobro de ayudas otorgadas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Aquí pueden encontrar el formulario de solicitud y el escrito de declaración responsable a remitir en la solicitud junto con la restante documentación.

El Banco Europeo de Inversiones (BEI) contribuye a financiar esta línea, mediante el préstamo para pyme y MIDCAPs concedido por el BEI al IVF.

El BEI es la institución financiera de la Unión Europea, creada en 1958 por el Tratado de Roma, cuyos accionistas son los Estados miembros de la UE. Su misión es la de financiar inversiones que favorezcan la integración económica y una mayor cohesión social de los Estados miembros.

La financiación procedente del BEI cuenta con condiciones favorables respecto a fuentes alternativas de crédito, lo que permite al IVF, trasladar una ventaja en términos de coste y de plazo a la financiación de los proyectos que cumplan con los criterios de elegibilidad que el BEI establece relativos al objeto de la inversión, tipo de sector productivo, tamaño de la empresa, coste del proyecto y plazo de la financiación.