Ayudas para la incorporación de personas socias a empresas de economía social

Ayudas dirigidas a:
a) La incorporación de personas desempleadas a empresas con forma jurídica de Sociedad Cooperativa o Sociedad Laboral, en calidad de personas socias trabajadoras o de trabajo de duración indefinida.
b) La incorporación como personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las personas trabajadoras no-socias con contrato laboral por cuenta ajena, en activo, en empresas con forma jurídica de Sociedad cooperativa o laboral.
c) La incorporación como personas socias trabajadoras o socias de trabajo de personas que tengan la condición de discapacitadas.
115.000 euros
- ORDEN de 1 agosto de 2013 (BOPV N 154/2013)
ORDEN de 1 de agosto de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convocan y regulan las ayudas para la incorporación de personas socias a empresas de economía social.
- ORDEN de 1 agosto de 2013 (BOPV N 154/2013)
ORDEN de 1 de agosto de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convocan y regulan las ayudas para la incorporación de personas socias a empresas de economía social.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (ÃÂlava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (ÃÂlava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Incorporación de personas socias a empresas de economía social, dirigidas a tres colectivos:
- Personas desempleadas
- Trabajadores por cuenta ajena
- Personas discapacitadas
- Adquirir la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de pleno derecho, con carácter indefinido, entre los días 1 de septiembre de 2012 y el 31 de julio de 2013, ambos incluidos.
- Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
* personas desempleadas
* personas trabajadoras por cuenta ajena en la misma empresa en la que se hacen socias
* personas discapacitadas
1.- Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Adquirir la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de pleno derecho, con carácter indefinido, entre los días 1 de septiembre de 2012 y el 31 de julio de 2013, ambos incluidos
2.- Requisitos específicos:
a) en el caso de personas desempleadas:
- Estar inscrita como desempleada en el correspondiente Servicio Público de Empleo con una antigüedad mínima de tres meses. Dicha antigüedad deberá ser ininterrumpida e inmediatamente anterior a su incorporación como persona socia. El cumplimiento de este requisito se referirá, si lo hubiere, a la fecha de inicio del periodo de prueba regulado enla Ley4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi.
- La incorporación habrá de ser a una Sociedad laboral o a una Cooperativa que no supere los 5 años desde la fecha de constitución de la entidad hasta la incorporación de la persona solicitante, o la transformación de la misma en entidad de economía social, y que en el momento de la incorporación a la entidad la misma cuente con un número de socios trabajadores o de trabajo, de carácter indefinido, que no supere los 100. La incorporación se deberá realizar en un centro de trabajo dela Comunidad Autónoma Vasca.
b) en el caso de incorporación como personas socias de trabajadores por cuenta ajena:
- Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena cuyo contrato laboral inmediatamente anterior a su incorporación como personas socias trabajadoras o de trabajo enla Entidadde Economía Social tenga más de seis meses de antigüedad en la propia empresa. No se otorgará subvención cuando el contrato laboral indefinido estuviera incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1382/1985, que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
- En el caso de la incorporación como personas socias trabajadoras o socias de trabajo en una entidad de Economía Social como consecuencia de una subrogación legal en virtud de una contrata de servicios o una concesión administrativa en la que la entidad de Economía Social resulte adjudicataria, será requisito imprescindible que las personas socias incorporadas hayan sido personas trabajadoras por cuenta ajena con contrato indefinido en la entidad de procedencia.
c) En el caso de incorporación como personas socias de personas discapacitadas:
- Personas que tengan la condición de discapacitadas y que, provenientes de centros especiales de empleo , se incorporen a una entidad de economía social con carácter permanente, pudiendo ser la entidad de economía social el mismo centro especial de empleo donde venían prestando sus servicios. La incorporación se deberá realizar en un centro de trabajo dela Comunidad Autónoma Vasca.
- Se entenderá por persona con discapacidad a los efectos dela presente Ordena aquella que esté afectada por deficiencias físicas, psíquicas y/o sensoriales que tenga reconocida una minusvalía, como mínimo, del 33%.
115.000 euros
- Personas desempleadas: 2.500 euros
- Trabajadores por cuenta ajena: 1.500 euros
- Personas discapacitadas: 2.000 euros
Pago único en el momento de concesión de la subvención
El formulario de solicitud es un pdf rellenable, que la persona y/o entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.
- Documentación a adjuntar
a) Con carácter general:
- Acreditación de la condición de persona socia mediante la certificación correspondiente del acuerdo del Órgano de Administración en la que se determine la fecha en la que adquiere la condición de persona socia de pleno derecho de duración indefinida
- Certificación emitida por la sociedad acreditativo del número de personas socias trabajadoras o de trabajo, que constituyan la misma en el momento de incorporación de la nueva persona socia a la entidad
- Certificado emitido por la Sociedad a la que se incorpora, del capital suscrito por la persona solicitante en el momento de su incorporación a la empresa en calidad de persona socia. Dicho certificado deberá desglosar, en su caso, las cantidades referidas a la cuota de ingreso y a la aportación inicial.
b) En el caso de personas desempleadas:
- Certificado de periodos de inscripción en el desempleo, expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo.
- Certificado del correspondiente Servicio Público de Empleo, en su caso, acreditativo de la cuantía reconocida en concepto de prestación de desempleo en su modalidad de pago único, en su caso.
c) En el caso de incorporación como personas socias de trabajadores por cuenta ajena:
- Informe de Vida Laboral a partir de la fecha en que comienza el contrato de trabajo, expedido porla Tesorería Generaldela Seguridad Social, donde se refleje la antigüedad de dicho contrato por más de seis meses.
- En el caso de la incorporación como consecuencia de una subrogación legal, el Contrato de servicios o de concesión administrativa en que se acredite la subrogación legal.
d) En el caso de incorporación como personas socias de personas discapacitadas
- Certificado oficial de minusvalía expedido porla Diputación Foralcorrespondiente, indicando el grado de minusvalía.
e) En el caso de que proceda:
- Documentación acreditativa, en su caso, de su situación penitenciaria: resolución dela Dirección Generalde Instituciones Penitenciarias / Auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, / Certificación expedida por el Centro Penitenciario.
- Certificado de convivencia, copia del libro de familia y declaración responsable de que tiene a su cargo a uno o varios hijos y/o una o varias hijas que no desempeñan actividad retribuida, en el supuesto de incorporación de personas que tengan a su cargo a uno o varios descendientes que no desempeñan actividad retribuida.
- En el supuesto de personas que han sido víctimas de terrorismo, documentación que acredite que las circunstancias que han dificultado o impedido el normal desempeño de las funciones de su puesto de trabajo anterior han sido consecuencia del acto de terrorismo. Si la persona contratada es el o la cónyuge o el hijo o la hija de la víctima de terrorismo, fotocopia del Libro de Familia y documentación que acredite que el fallecimiento o invalidez de la víctima fue debido a un acto de terrorismo.
- En el supuesto de personas que han sido víctimas de violencia de género, copia dela Ordende protección de la víctima de la violencia de género, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona denunciante es víctima de violencia de género en tanto se dicta la orden de protección, o sentencia condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género.
- En el supuesto de personas que han finalizado su proceso de reinserción socio-laboral en una empresa de inserción, certificado de la empresa de inserción que acredite la fecha en la que finalizó dicho proceso.
- En el supuesto de personas extoxicómanas, copia de la notificación del Director de Empleo y Formación por la que se acepta la incorporación de la persona beneficiaria al programa de rehabilitación.
- Alta Terceros
Alta de Terceros
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
- Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de indicar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.Lugares de Presentación
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
16/09/2013, inclusive
6 meses
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Empleo y Trabajo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Empleo y Trabajo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.