23. Implantación del Plan organizativo de la nueva Oficina Judicial y Fiscal en la Administración de Justicia en Euskadi.

Actuación finalizada
IDENTIFICACION

Objetivos

Los objetivos fundamentales que se pretenden alcanzar son básicamente dos:

1.- Facilitar una actuación de la Justicia más ágil, de calidad y eficaz a través de una utilización racional de los recursos humanos y materiales al servicio de la Administración de Justicia.

2.- Facilitar a las y los jueces y magistrados que se puedan centrar en su principal cometido, que es el de juzgar y ejecutar lo juzgado, descargándoles de otras tareas, que serán asumidas por las y los Secretarios Judiciales.

Antecedentes

Con la Nueva Oficina Judicial, las nuevas funciones, así como los recursos materiales y humanos de los actuales Juzgados y Tribunales se reorganizarán en torno a dos elementos: las Unidades Procesales de Apoyo Directo (UPAD) y Servicios Comunes Procesales. Las UPAD asisten directamente a las y los jueces, a los magistrados y a los Servicios Comunes Procesales, no están integradas en un órgano judicial concreto, y asumen labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes procesales, atendiendo al conjunto de operadores jurídicos.

La Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 19/2003, de 23 diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial) reconoce la competencia de la Administración General del País Vasco para determinar la dimensión y la organización de la Oficina Judicial, así como para diseñar, crear y organizar los Servicios Comunes Procesales de los Partidos judiciales de Euskadi. En el ejercicio de dichas competencias, el Gobierno Vasco en reunión de Consejo de Gobierno de 29 de julio de 2008 aprobó, con el informe previo favorable del Consejo General del Poder Judicial, el Plan Organizativo de las Oficinas Judiciales y Fiscales de la Administración de Justicia en Euskadi (2008-2010).

El Plan Organizativo de las Oficinas Judiciales y Fiscales de la Administración de Justicia en Euskadi prevé en principio tres tipos de Servicios Comunes Procesales, a saber, el Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento, el Servicio Común Procesal de Ejecución y el Servicio Común Procesal General. Sin embargo, atendiendo a criterios de racionalidad y teniendo en cuenta la dimensión y la complejidad de cada uno de los Partidos judiciales, el diseño de los Servicios Comunes Procesales difiere.

La Oficina Judicial funcionará con criterios de agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización del trabajo, responsabilidad por la gestión, coordinación y cooperación entre Administraciones, de manera que la ciudadanía obtenga un servicio próximo y de calidad. En consecuencia, se considera fundamental que la organización del Servicio Común Procesal General y de Ejecución observe los criterios arriba mencionados en el marco de un sistema estructurado de gestión de calidad que faciliten la consecución de una reforma organizativa del calado de la implantación de la Nueva Oficina Judicial.

Departamento

Administración Pública y Justicia; Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza

Departamentos implicados

El Departamento de Justicia y Administración Pública conforme al Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento dispone la creación de la Dirección de Oficina Judicial y Fiscal a la que se le atribuye la siguiente función: “Elaborar, proponer e implantar el Plan Organizativo de las Oficinas y Servicios Judiciales, Fiscalías e Instituto Vasco de Medicina Legal y coordinar sus actividades”.

Participación de los Agentes Sociales

  • Centrales sindicales.
  • Colegios de Abogados y Abogadas.
  • Colegios de Procuradores.
  • Secretariado Judicial.
  • Fiscalía.
  • Judicatura.

Impactos

Impacto normativo
  • ­ Órdenes de creación de los Servicios Comunes de los Partidos Judiciales.
  • ­ Órdenes de aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo.
  • ­ Resoluciones que determinan la organización detallada en cada Partido judicial y las normas básicas de funcionamiento de los servicios comunes.
Impacto organizativo

Esta actuación afectará a la reorganización de los servicios propios de la Administración de Justicia y, concretamente, de los servicios comunes procesales.

Impacto presupuestario y financiero

Se financiará con recursos ordinarios, que se destinarán a la adecuación de edificios, a aplicaciones informáticas, a recursos humanos, incluida la formación, y a la colaboración en la elaboración de protocolos de actuación en reuniones con el Secretariado Judicial, con la Fiscalía y con el Instituto Vasco de Medicina Legal, así como a otro tipo de actuaciones encaminadas a diseñar y coordinar un sistema de gestión de calidad en los Servicios Comunes Procesales, además de otras actuaciones de comunicación sobre la implantación de la Nueva Oficina Judicial en Euskadi.

Impacto en otras actuaciones

Se colaborará con el Departamento de Cultura para la organización de archivos judiciales de interés histórico.

Impacto en las relaciones institucionales

Las relaciones institucionales se mantienen con la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, las Presidencias de las tres Audiencias Provinciales, con la Fiscalía Superior y las Jefaturas de las tres Fiscalías Provinciales, la Secretaría de Gobierno y las Secretarías Coordinadoras, el Consejo Vasco de la Abogacía, los tres Colegios de Abogados y Abogadas, el Consejo Vasco de Procuradores, los tres Colegios de Procuradores, las centrales sindicales del personal al servicio de la Administración de Justicia, el Instituto Vasco de Medicina Legal y el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia.

Plazo previsto para la ejecución de la actuación

2010/2014.
AVANCE Y SEGUIMIENTO

Fases Completadas

FasesFecha de inicioFecha de finEstado
Fase de diseño01/01/201031/07/2010Finalizado
Fase de desarrollo31/07/201030/12/2014Finalizado
Actuación finalizada31/12/201431/12/2014Finalizado
EVALUACION

Evaluaciones intermedias

Fecha de evaluación: 01/01/2011

Resumen de la evaluación

En 2010 no se ha podido realizar ninguna evaluación porque, a pesar de que la creación de las Oficinas Judiciales de Amurrio, Azpeitia, Eibar, Getxo e Irun se produjera en julio de 2010 con la Orden de creación de sus servicios comunes procesales y con el Decreto que aprueban sus relaciones de puestos de trabajo, las Oficinas Judiciales no entraron en funcionamiento hasta principios de noviembre de 2010, que fue cuando se culminó el proceso del acoplamiento del personal. Además, las y los secretarios judiciales de estos partidos judiciales se nombraron con cierto retraso por parte del Ministerio de Justicia, por lo que, en la práctica, las Oficinas Judiciales se pusieron en marcha casi al finalizar 2010.

En 2011 se ha constatado que los servicios comunes procesales funcionan relativamente bien y que el problema se centra fundamentalmente en las unidades procesales de apoyo directo a la o al juez o magistrado, porque estas unidades presentan dificultades en su adapatción a la filosofía de la nueva Oficina Judicial y siguen funcionando como los antiguos Juzgados. Se están tomando las medidas oportunas para que la Oficina Judicial se implante de forma efectiva, aunque sin olvidar que se trata de un cambio integral y de un gran calado, con todo lo que ello conlleva en términos de tiempo, adecuación y adaptación al cambio, por lo que el éxito del proyecto de la Oficina Judicial depende de la colaboración de todas las partes implicadas.

Evaluación ex-post

Fecha de evaluación: 30/06/2015
Fecha de la última modificación: 05/10/2016