Premios al comercio vasco 2019

[EMS]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Orden es convocar y regular la concesión de los Premios al Comercio Vasco, por la que se reconoce al comercio, como sector, su importante contribución económica, social y de equilibrio territorial, mediante el premio a cinco personas físicas y/o jurídicas relevantes en el ámbito del comercio, que destaquen entre otras virtudes por su trayectoria, por su capacidad de innovar, por el emprendimiento, así como por su visión de trabajo conjunto con otras empresas para alcanzar sinergias que contribuyan a su mejora competitiva y la dinamización del entorno en el que se hallan ubicadas .

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Personas físicas, titulares de una empresa comercial que lleve a cabo una actividad económica con ánimo de lucro, desarrollada en la Comunidad Autonóma del Pais Vasco.

Personas jurídicas privadas

Requisitos:

  • Personas jurídicas, titulares de una empresa comercial que lleve a cabo una actividad económica con ánimo de lucro, desarrollada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Asociaciones

Requisitos:

  • Asociaciones que hayan acometido actividades singulares, innovadoras o bien hayan significado una capacidad tractora importante, y cuyo ámbito de actuación se sitúe, así mismo, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Organismos


Organismo que convoca

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto


Departamento de Turismo, Comercio y Consumo

Dirección de Comercio

Tel. 945 01 99 64

E-mail: e-medinasaenz@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1072802

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de octubre de 2019.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 23:59:59 horas del último día de presentación de solicitudes.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Consejera de Turismo Comercio y Consumo resolverá en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la propuesta realizada por el jurado y se publicará en el BOPV mediante Orden de la Consejera.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites