Normativa

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RESOLUCIÓN del 5 de marzo de 2021 de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, para la convocatoria de la selección de cinco lectores o lectoras de lengua y cultura vasca.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 65
  • Nº orden: 1895
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 05/03/2021
  • Fecha de publicación: 31/03/2021

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Economía y Hacienda; Educación; Organización administrativa
  • Submateria: Hacienda; Función pública

Texto legal

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare (en adelante IVE) dispone en su apartado 3.b) que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera».

El artículo 19 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare, dispone como fin del mismo el de promover la presencia, el estudio y el aprendizaje del euskera en las universidades y otros centros, apoyando especialmente el establecimiento de lectorados en las universidades.

Consecuentemente, el Instituto Vasco Etxepare ha decido oportuno proceder a la convocatoria de un concurso público para la selección de lector/a de lengua y cultura vasca para la Universidad Freie de Berlín en Alemania, la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University en Georgia, la Sorbonne Nouvelle Université y la Sorbonne Université en el Estado francés, la Universidad de Chicago en Estados Unidos y la Universidad de Leipzig en Alemania,

En su virtud,

Es objeto de la presente convocatoria seleccionar lector o lectora de lengua y cultura vasca para las siguientes universidades:

Un lector para la Universidad Freie de Berlín en Alemania.

Un lector para la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University de Georgia

Un lector para la Sorbonne Nouvelle Université y la Sorbonne Université del Estado francés.

Un lector para la Universidad de Chicago en Estados Unidos.

Un lector para la Universidad alemana de Leipzig.

El importe global destinado a esta convocatoria por curso académico asciende a:

Para la Universidad Freie de Berlin treinta y tres mil cien (33.100) euros por curso.

Para la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State diez mil (10.000) euros por curso.

Treinta y dos mil quinientos (32.500) euros por curso en la Sorbonne Nouvelle Université y mil seiscientos noventa y cinco (1.695) euros por curso en la Sorbonne Université.

Para la Universidad de Chicago cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro dólares 54.794 por curso.

Para la Universidad de Leipzig treinta y ocho mil cien euros (38.100) por curso.

La finalidad de todos los recursos económicos anteriores será la de contribuir a la financiación de los gastos de mantenimiento del lectorado. Dicha cantidad no se corresponderá exactamente al sueldo del lector. Hay que tener en cuenta la existencia de impuestos, deducciones y retenciones que se deben a la legislación vigente en el país de la universidad de destino.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que la Universidad TSU ofrecerá al lector una retribución bruta de 25 GEL por hora escolar, así como los beneficios asociados al contrato, incluido el seguro de salud. Además, hay que tener en cuenta que el lector contratado por la Universidad TSU garantice un apartamento en el centro de la ciudad cerca de la Universidad. TSU abonará mensualmente el alquiler del apartamento, excepto los gastos de uso.

En todas las transacciones de las universidades el patrón de divisa será el euro. Salvo en el caso de la Universidad de Chicago, en ese caso será en dólares. Los cambios del euro respecto a otras divisas no afectarán a la cifra económica del pago realizado por Etxepare.

Son requisitos para poder acceder a la siguiente convocatoria:

Para la Universidad Freie de Berlin:

Estar en posesión del título universitario de grado (o licencia) y tener el nivel C1 (PL3) o equivalente de euskera y tener acreditado el nivel B2 de inglés y el nivel A2 de alemán.

Se priorizará el Grado o Licencias de Filología Vasca, Estudios Vascos o Traducción e Interpretación (Lengua a: euskera) y los másteres en dichas materias, así como tener acreditado el nivel de C2 de euskera o el PL4, según los criterios de selección del artículo 11.

Para la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University:

Poseer Grado o Licencias de Filología Vasca, Estudios Vascos o Traducción e Interpretación (Lengua a: euskera) o un grado o licencia en Humanidades, Ciencias Sociales o Letras (por ejemplo, idiomas, filosofía, historia, lingüística, traducción) y un Máster en Humanidades, Ciencias Sociales o Letras. Estar en posesión de un certificado equivalente a PL 3 o C1 de competencia lingüística en euskera y tener al menos un nivel C1 de inglés. En el caso de los que no dispongan de título de inglés, la Universidad podrá realizar una entrevista con los candidatos una vez que el Instituto Vasco Etxepare haya propuesto a los candidatos.

Se priorizarán másteres de Estudios Vascos, así como tener acreditado el nivel de C2 de euskera o el PL4, y artículos o conferencias en el ámbito lingüístico según los criterios de selección del artículo 11.

Para las Universidades Université Sorbonne Nouvelle y Université Sorbonne:

Estar en posesión del título universitario de grado (o licencia) y tener el nivel C1 (PL3) o equivalente de euskera y tener acreditado el nivel B2 de Francés. La Universidad podrá someter a los candidatos a una prueba para demostrar si tienen o no ese nivel en el caso de quienes carezcan de certificado de francés, una vez que el Instituto Vasco Etxepare haya realizado la propuesta de candidatos. Además de eso, tener una titulación de Master.

Se priorizará el Grado o Licencias de Filología Vasca, Estudios Vascos o Traducción e Interpretación (Lengua a: euskera) y los másteres en dichas materias, así como tener acreditado el nivel de C2 de euskera o el PL4, según los criterios de selección del artículo 11.

Para la Universidad de Chicago:

Estar en posesión del título universitario de grado (o licencia) y tener el nivel C1 (PL3) o equivalente de euskera y tener acreditado el nivel C1 de inglés.

Se priorizará el Grado o Licencias de Filología Vasca, Estudios Vascos o Traducción e Interpretación (Lengua a: euskera) y los másteres en dichas materias, así como tener acreditado el nivel de C2 de euskera o el PL4, según los criterios de selección del artículo 11.

Para la Universidad de Leipzig:

Estar en posesión del título de grado universitario (o licencia) y nivel de euskera C1 (PL3) o equivalente y tener al menos el nivel de alemán B1. En relación al nivel de alemán, la Universidad podrá someter a los candidatos a una prueba para demostrar si tienen o no ese nivel en el caso de que no tengan certificado de alemán, una vez que el Instituto Vasco Etxepare haya realizado la propuesta de los candidatos. Además, se deberá contar con experiencia acreditada en la enseñanza de idiomas, valorándose especialmente la experiencia en la enseñanza del euskera.

Se priorizará el Grado o Licencias de Filología Vasca, Estudios Vascos o Traducción e Interpretación (Lengua a: euskera) y los másteres en dichas materias, así como tener acreditado el nivel de C2 de euskera o el PL4, según los criterios de selección del artículo 11.

Mérito especialmente valorado: experiencia en sociolingüística, políticas lingüísticas o gestión cultural.

  1. Para la Universidad Freie de Berlin:

    Horas lectivas: El profesor tendrá una carga de trabajo entre 19 y 20 horas lectivas semanales.

  2. Para la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State:

    Horas lectivas: Horas de clase: el profesor tendrá un contrato por horas a jornada completa (hasta 15 horas semanales en actividades académicas).

  3. Para las Universidades Université Sorbonne Nouvelle y Université Sorbonne:

    Horas lectivas: El lector impartirá en la Sorbonne Nouvelle Université de París asignaturas de euskera I, euskera II y euskera III, así como Cultura I y Cultura II. La carga máxima de estas asignaturas será de 192 horas por curso. Además, corresponde al lector impartir dos asignaturas del curso A1 y A2 de euskera en la Sorbonne Université de París, 39 horas en total por curso y un curso de Cultura Vasca y Civilización, 13 horas en total por curso.

  4. Para la Universidad de Chicago:

    Horas lectivas: en total impartirá 5 materias en la enseñanza de euskera y cultura vasca, con una carga de trabajo de 132 horas durante todo el curso. Además, completará su carga de trabajo a jornada completa con asignaturas en castellano en la Universidad. El importe de los cursos de lengua española será abonado por la Universidad de Chicago.

    La Universidad de Chicago realizará al mismo tiempo su propio proceso de selección para la sección de castellano, por lo que los lectores candidatos de euskera y cultura vasca deben presentarse también al proceso de selección de la Universidad de Chicago. Para ello, deben presentar su solicitud a través de la junta de empleos de Reclutamiento Académico de la Universidad de Chicago en el siguiente enlace: http://apply.interfolio.com/xxx.

  5. Para la Universidad de Leipzig:

    Horas lectivas: actividad lectiva hasta un máximo de 12 horas lectivas semanales.

Las personas seleccionadas serán adscritas, de acuerdo con las condiciones que figuran en el artículo 4, a las universidades de destino con las que suscribirán los contratos que determinen la legislación vigente del país en el cual se encuentre la universidad de destino y según la normativa de la propia universidad y quedarán sometidas a las cláusulas específicas determinadas por la universidad contratante, en particular en cuanto al régimen de retribuciones y régimen tributario que les sea de aplicación durante la vigencia del contrato.

La condición de lector o lectora de lengua y cultura vasca no implica ningún tipo de vinculación ni laboral ni administrativa con el Instituto Vasco Etxepare y, en consecuencia, este Instituto no asume ninguna responsabilidad derivada de la relación contractual del lector o de la lectora con la universidad de adscripción ni derivada de su actuación, especialmente por los daños y perjuicios que puedan sobrevenir durante el desarrollo de sus funciones.

El Instituto Vasco Etxepare únicamente se hará cargo de los gastos del primer viaje de ida y vuelta a la Universidad de destino, para garantizar la incorporación efectiva del lector o de la lectora.

Firma del documento de aceptación.

Cumplir con el horario asignado.

Elaborar un programa didáctico de lengua y cultura vasca al inicio del curso académico (ficha inicial del curso), que deberá ser enviado al Instituto Vasco Etxepare.

Llevar a cabo la evaluación del alumnado y la administración del curso, así como organizar actividades académicas (conferencias, jornadas de literatura...), con el fin de desarrollar el estudio del euskera y la promoción de la cultura vasca.

Auxiliar y orientar al personal docente e investigador local sobre cuestiones relativas a la enseñanza de la lengua y la cultura vasca y materias afines.

Asistir a la Universidad con destino a la fecha indicada, para empezar a impartir las clases. Impartir clases hasta final de curso, con posibilidad de prórroga en su caso. La prórroga del contrato se realizará al lector año tras año, siempre condicionada al informe favorable de la Universidad. Por lo que respecta a la Universidad Freie de Berlín, la persona seleccionada (lector) no excederá de 2 cursos académicos. En cuanto a la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University, la Sorbonne Nouvelle Université y la Sorbonne Université, la Universidad de Chicago y la Universidad de Leipzig, la persona elegida podrá ser lectora hasta completar el 4. curso. En todos estos casos, excepcionalmente, y siempre con los criterios y procedimientos acordados por el Instituto Vasco Etxepare y la universidad para la estrategia de consolidación de los estudios vascos, se podrá estudiar la posibilidad de prorrogar provisionalmente. El plazo máximo de esta prórroga será de un año o el plazo de transición acordado con la universidad para la estrategia de refuerzo de los estudios vascos.

Fechas de asistencia:

Asistir a la Universidad Freie de Berlín antes del 14 de octubre de 2021 para comenzar a impartir clases.

Asistir a la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University antes del 3 de septiembre de 2021 para comenzar a impartir clases.

En cuanto a la Sorbonne Nouvelle Université y la Sorbonne Université, acudir a las Universidades antes del 1 de septiembre de 2021 para comenzar a impartir clases.

Acudir a la Universidad de Chicago antes del 15 de septiembre de 2021 para comenzar a impartir clases.

Acudir a la Universidad de Leipzig antes del 1 de septiembre de 2021 para comenzar a impartir clases.

Al final del curso 2021-2022, el lector debe redactar una memoria anual con el visto bueno del departamento del lector o de la lectora. La memoria anual se debe remitir al Instituto Vasco Etxepare para que supervise el correcto cumplimiento del convenio y para evaluar la labor del lector o de la lectora.

El incumplimiento de los compromisos arriba mencionados podrá dar lugar a la no continuidad del lector o de la lectora.

El lector se compromete asimismo a acudir a los cursos de formación para lectores que organice el Instituto Vasco Etxepare. En particular, el curso de enseñanza del euskera como lengua extranjera.

El lector o la lectora tendrán derecho a recibir un certificado que garantice el trabajo docente llevado a cabo, en el que constarán las horas impartidas, las asignaturas, los cursos, etc.

El pago de las aportaciones económicas correspondientes para la financiación de los gastos derivados del mantenimiento del lectorado se tramitará por el Instituto Vasco Etxepare a las Universidades de destino.

Corresponde a las Universidades de destino la justificación del destino de las aportaciones realizadas por el Instituto Vasco Etxepare.

  1. Las personas solicitantes podrán presentar sus solicitudes tanto de forma presencial como electrónica:

    Canal presencial: las solicitudes se presentarán en la siguiente dirección: Instituto Vasco Etxepare, Plaza de las Cigarreras, 1, Edificio Tabakalera 3.º, Donostia / San Sebastián (20012), en horario de 08:30 a 14:00horas. Así mismo, las solicitudes podrán presentarse en las oficinas de Zuzenean del Gobierno Vasco o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para acudir a presentar las solicitudes presencialmente es necesario tener cita previa.

    Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la sede electrónica de euskadi.eus a través de las direcciones indicadas en el apartado 2 de este artículo. El empleo de un canal, presencial o electrónico, en el trámite de solicitud y aportación de documentación no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.

  2. Las especificaciones sobre como tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables y demás modelos están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.eus:

    Universidad Freie de Berlin:

    http://www.euskadi.eus/servicios/1042313

    Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University:

    http://www.euskadi.eus/servicios/1042312

    Universidades Sorbonne Nouvelle Université y la Sorbonne Université:

    http://www.euskadi.eus/servicios/1042311

    Universidad de Chicago:

    http://www.euskadi.eus/servicios/1042309

    Universidad de Leipzig:

    http://www.euskadi.eus/servicios/1042310

  3. Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de http://www.euskadi.eus//micarpeta

  4. Para la tramitación electrónica, el solicitante deberá disponer de un medio de identificación electrónica admitido y publicado en la sede electrónica del Gobierno Vasco.

  5. Los candidatos deberán presentar en el momento de la solicitud la siguiente documentación:

    Documento de identidad, NIE o copia del pasaporte.

    Si tiene el Documento Nacional de Identidad, tiene la opción de presentar la fotocopia.

    Copia del Título Universitario.

    Si tiene el Título de una Universidad Española tiene la opción de presentar la fotocopia.

    Copia del documento acreditativo del Nivel de Euskera.

    Si dispone de HABE, EGA, IVAP o Certificado de Escuela Oficial de Idiomas, puede presentar fotocopia.

    Proyecto pedagógico integrado por programaciones de euskera y cultura vasca. Se deberá presentar una breve programación de enseñanza en los primeros cursos de euskera, indicando objetivos, contenidos, metodología, recursos y bibliografía que se utilizará para las clases. También se deberá presentar una breve programación sobre los diferentes temas de la Cultura Vasca (música, cine, teatro, escultura), indicando objetivos, contenidos, metodología, recursos y bibliografía que se utilizará para las escuelas. La extensión máxima del proyecto pedagógico será de 9000 caracteres (incluidos espacios en blanco). No se admitirán los proyectos que superen el número de caracteres. El proyecto pedagógico estará redactado en euskera. En el caso de la Universidad de Leipzig se valorará especialmente el tratamiento digital de la enseñanza.

    Todos los méritos a los que se refieran los candidatos (idiomas, cursos impartidos, formación recibida) deberán ser acreditativos mediante certificados. Para ello, los aspirantes deberán presentar fotocopias de todos los documentos en el momento de la solicitud. Por otra parte, la persona candidata seleccionada deberá presentar fotocopias compulsadas por notario o documentos originales de las fotocopias presentadas a requerimiento del Instituto Vasco Etxepare que se pueda comprobar dicha documentación en el Instituto Vasco Etxepare. En caso contrario, quedará excluida de la convocatoria la persona candidata correspondiente.

    Las personas solicitantes podrán presentar la solicitud, junto con la documentación que se acompañe, en euskera o castellano, a su elección. Así mismo, a lo largo del procedimiento, se utilizará el idioma elegido por la persona o entidad solicitante, tal y como establecen los artículos 5.2.a) y 6.1 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.

  6. El plazo de entrega de las solicitudes será de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV.

  1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados tienen derecho a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, por lo que la Administración podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. En este caso, deberán ser acreditados por el solicitante.

    En el supuesto de que la persona candidata no posea documento de identidad o pasaporte español, deberá presentar fotocopia del pasaporte. Si la persona candidata ostenta un título universitario no español, presentará fotocopia del título, así como cualquier otra documentación solicitada, si procede.

  2. En aplicación de la modificación del Decreto Legislativo 1/ 1997, de 11 de noviembre, mediante una declaración responsable, incluida en la solicitud, se acreditarán, las siguientes obligaciones:

    No hallarse la persona candidata sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursas en alguna prohibición legal que inhabilite para ello.

    Así mismo, la persona candidata manifiesta que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña y que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario/a de estas ayudas.

Para el análisis y evaluación de las solicitudes se constituirá un Órgano Colegiado, la Comisión de Selección. En el momento de nombrar los miembros de la comisión se tendrá en cuenta lo establecido sobre esta cuestión por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y por la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en cuanto a los órganos de múltiples miembros.

La composición de la comisión se publicará en el BOPV.

La selección de las personas candidatas se realizará aplicando el siguiente baremo sobre un total de 25 puntos:

  1. Titulación universitaria y Perfil Lingüístico. Un máximo de 5 puntos, según los criterios siguientes:

    Filología Vasca, Traducción e Interpretación (Lengua A euskera), Estudios Vascos: 5 puntos.

    Licenciaturas y grados pertenecientes a Humanidades, Ciencias Sociales o disciplinas artísticas, siempre y cuando tengan acreditado el perfil lingüístico 4 de euskera: 4 puntos.

    Licenciaturas y grados pertenecientes a Humanidades, Ciencias Sociales o disciplinas Artísticas: 2.5 puntos.

    Otras licenciaturas y grados: 1 punto.

    En cuanto a la Universidad Ivane Javakhishvili State University:

  1. Título universitario y PL. Hasta 5 puntos según los siguientes criterios:

    Filología Vasca, Estudios Vascos, Traducción e Interpretación (Lengua a euskera): 5 puntos.

    Grados o licencias de Humanidades, Ciencias Sociales y Letras con PL4 acreditado: 4 puntos.

    Grados o licencias en Humanidades, Ciencias Sociales y Letras: 2,5 puntos.

  2. Experiencia docente específica en enseñanza de lengua vasca y otros idiomas. Un máximo de 5 puntos, según los siguientes criterios:

    En la enseñanza de euskera en universidades: 3 puntos por curso académico.

    En la enseñanza del euskera en euskaltegis y otros centros de enseñanza: 2 puntos por curso académico.

    En la enseñanza de idiomas en universidades: 1 puntos por curso académico.

    En la enseñanza de idiomas en otros centros de enseñanza: 0.5 puntos por curso académico.

  3. Conocimiento de idiomas, exceptuando los dos idiomas oficiales en la CAPV, acreditados mediante titulación oficial. Un máximo de 3 puntos según las siguientes puntuaciones, siempre que no sea requisito específico de la universidad de destino:

    A2= 0.25 puntos.

    B1= 0.5 puntos.

    B2= 0.75 puntos.

    C1= 1 punto.

    C2= 1.5 puntos.

  4. Formación adicional. Un máximo de 5 puntos. Siempre que no sea requisito específico de la universidad de destino:

    Doctorado directamente relacionado con el euskera: 5 puntos.

    Estar realizando un doctorado directamente relacionado con el euskera: 3 puntos.

    Otro doctorado: 1 punto.

    Máster relacionado con el euskera: 2 puntos.

    Máster relacionado con la enseñanza y/o con los idiomas: 1 punto.

    Otro máster: 0.5 puntos.

    Curso para la Enseñanza del Euskera en las Universidades Extranjeras: 1 punto.

    IGI-CAP: 0.5 puntos.

    Curso de Glotodidáctica: 0.5 puntos.

    Curso Excellence in Basque Studies / Bikaintasuna Euskal Ikasketetan: 0.25 puntos.

  5. Proyecto Pedagógico. Un máximo de 5 puntos.

    A la hora de valorar el Proyecto pedagógico se tendrán en cuenta los siguientes criterios para examinar la programación en euskara como la programación de cultura vasca: precisión en cuanto a la Universidad de destino, idoneidad respecto a los receptores y coherencia en las siguientes secciones (objetivos, contenidos, metodología, recursos y bibliografía). La puntuación máxima del Proyecto pedagógico será la media de la puntuación obtenida en cada una de las secciones.

    En el caso de la Universidad de Leipzig se valorará especialmente en el apartado de metodología y recursos el buen uso de las herramientas digitales y la elaboración de la enseñanza digital

  6. Otros méritos: máximo de 2 puntos. Se valorarán especialmente las publicaciones lingüísticas y conferencias en congresos, al ser un requisito indispensable para participar en esta convocatoria, se puntuará a partir de la segunda publicación/congreso. Además, se tendrá en cuenta la participación en actividades relacionadas con la cultura vasca, publicaciones en humanidades, otras experiencias de trabajo y gestión. En cuanto a la experiencia laboral, se valorará especialmente la experiencia docente en el Espacio Europeo de Educación Superior. En cuanto a la experiencia docente o la experiencia laboral en el campo de la traducción, al presentar los méritos deberá figurar el número exacto de horas trabajadas, así como la lengua en la que se ha realizado el trabajo/la materia impartida en la docencia (contrato/certificación oficial).

    En el caso de la Universidad Ivane Javakhishvili Tiblisi State University, en este apartado se valorarán especialmente los artículos o conferencias en el ámbito lingüístico.

Una vez comprobada la adecuación del perfil de los aspirantes a las condiciones establecidas, y dentro del plazo máximo de quince días a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón electrónico de anuncios del Gobierno Vasco la lista provisional de las personas admitidas a participar en el proceso de selección y de las personas que han quedado excluidas, con indicación expresa del motivo de la exclusión. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para enmendar, si procede, el motivo de la exclusión. Si no lo hacen, se considerará que desisten de su petición.

Transcurrido el plazo indicado, se publicará en el tablón electrónico de anuncios del Gobierno vasco la lista definitiva de las personas admitidas a participar en el proceso de selección y de las personas que han quedado excluidas, con indicación expresa del motivo de exclusión.

Con posterioridad a la evaluación de los méritos de las personas candidatas por parte de la Comisión de Selección según los criterios del artículo 11, y siguiendo el orden establecido por la Comisión de Valoración, el Instituto Vasco Etxepare propondrá tres candidatos a la universidad. Si tras estudiar las candidaturas la universidad considera que no hay ningún candidato idóneo, el Instituto Etxepare le propondrá a ser posible tres nuevos candidatos siguiendo el orden del listado y la Universidad podrá elegir el candidato de entre los que se le proponen.

Para poder valorar la idoneidad de las personas seleccionadas, los representantes de las universidades tendrán derecho a convocar a los candidatos propuestos a una entrevista.

Se podrá declarar desierto el destino ofertado en esta convocatoria en los supuestos siguientes:

En caso de que no se haya presentado ninguna solicitud.

En caso de que las personas aspirantes no reúnan los requisitos previstos en la convocatoria.

En caso de que, con posterioridad a la publicación de esta convocatoria, la universidad modifique las condiciones establecidas en los acuerdos de colaboración entre esa universidad y el Instituto, o el correspondiente convenio no llegue a firmarse o se suspenda.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare resolverá esta convocatoria, que será debidamente motivada, indicando las personas propuestas por el Instituto Etxepare a la Universidad de destino. Las Universidad de destino será las que tome la última decisión.

La resolución será publicada en el tablón electrónico de anuncios del Gobierno Vasco.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare será el órgano competente para la gestión y resolución de las dudas y las incidencias que puedan surgir en cuanto a su ejecución.

Si la universidad así lo solicita, la persona seleccionada tendrá que presentar un certificado médico oficial que acredite que puede desarrollar las funciones encomendadas sin ningún impedimento y tendrán que aceptar, mediante la firma de un documento con esa finalidad, la condición de lector de lengua y cultura vasca en la Universidad de destino.

Una vez la universidad haya seleccionado a su lector, se completará una bolsa de trabajo con los candidatos que no hayan sido seleccionados, siguiendo el orden de las puntuaciones otorgadas por el comité de selección. El Instituto Vasco Etxepare acudirá a la bolsa de trabajo correspondiente en respuesta a las necesidades docentes creadas tras la renuncia del lector de la universidad o cuando se considere oportuno, para responder a las necesidades creadas en otros supuestos.

El lector o lectora que renuncie a su puesto antes de finalizar el curso académico 2021-2022, no podrá volver a ser candidato en convocatorias siguientes convocadas por el Instituto Vasco Etxepare para la selección de lectores, salvo que exista una causa de fuerza mayor debidamente justificada para dicha renuncia.

En caso de que se acepte la renuncia anteriormente mencionada, el Instituto Vasco Etxepare acudirá a la bolsa de trabajo.

Se utilizarán los datos personales del solicitante, que se incorporarán a la actividad de tratamiento: lectores de lengua y cultura vasca y profesores invitados a las cátedras.

Responsable: Instituto Vasco Etxepare.

Objetivo: registro y gestión de los lectores de lengua y cultura vasca y de los profesores invitados de las cátedras enviados a universidades de fuera de la Comunidad Autónoma Vasca.

Legitimación:

El tratamiento es necesario para el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables.

El tratamiento es necesario en el ejercicio de una función de interés público o de los poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 3/2007, de 20 de abril, de creación y regulación del Instituto Vasco Etxepare (BOPV n.º 89, 10-05-2007).

Destinatarios: no se ceden datos.

Derechos: el solicitante tiene derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, así como otros derechos que se recogen en la información adicional.

Información adicional: se puede consultar información adicional y detallada sobre Protección de Datos en la siguiente página web:

https://www.euskadi.eus/clausulas-informativas/web01-sedepd/es/transparencia/057400-capa2-es.shtml

Normativa:

Reglamento General de Protección de Datos:

www.euskadi.eus/contenidos/informacion/normativa_dpd/es_def/adjuntos/RGPD-2016_0679_es.pdf

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de derechos digitales:

www.boe.es/boe_euskera/dias/2018/12/06/pdfs/BOE-A-2018-16673-E.pdf

Id: 0574

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.

La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Donostia / San Sebastián, a 5 de marzo del 2021.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare,

IRENE LARRAZA AIZPURUA.

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