Normativa

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RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2021, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se acuerda someter a información pública la versión inicial del Plan de Economía Circular y Bioeconomia 2021-2024.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 141
  • Nº orden: 4048
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 06/07/2021
  • Fecha de publicación: 16/07/2021

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Medio natural y vivienda
  • Submateria: Industria; Urbanismo y vivienda; Medio Ambiente

Texto legal

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La economía circular es una palanca clave para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU. En concreto, la transición a un modelo económico circular ayudará a alcanzar las metas del ODS 7 «Energía asequible y no contaminante», ya que los combustibles fósiles serán sustituidos en la producción energética por nuevos recursos y fuentes alternativas de energía.

La economía circular tiene uno de sus focos puestos en el aumento de la productividad material, que tendría un impacto directo en la consecución del ODS 9 «Industria, innovación e infraestructura».

El ODS 12 «Producción y consumo responsables» se sitúa en el centro de la economía circular. Su objetivo es el de «hacer más y mejor con menos». Para alcanzar dicho objetivo será necesaria una revisión completa de los patrones lineales de producción y consumo, en favor de un modelo circular: un nuevo modelo en el que todos los productos se diseñan y producen considerando su reutilización, su reciclaje, la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales, y la reducción de la generación de residuos. Realizar este cambio al nuevo modelo solo será posible gracias a la implicación de las empresas, personas consumidoras y administraciones públicas.

Por su parte, la bioeconomía es una oportunidad para dar respuesta a muchos de los ODS contemplados en la Agenda de Desarrollo de 2030.

La bioeconomia genera crecimiento económico inclusivo creando empleos sostenibles y promoviendo la igualdad tanto en las zonas urbanas como en las zonas rurales. Así, promueve el ODS 1, Fin de la pobreza y el ODS 8, Trabajo decente y crecimiento económico.

Además, se basa en la producción sostenible de alimentos saludables y con la intensificación sostenible de la producción agropecuaria posibilita la consecución de los ODS 2 «Hambre Cero», ODS 3 «Salud y Bienestar», ODS 14 «Vida Submarina» y ODS 15 «Vida de los ecosistemas terrestres».

En consecuencia, la economía circular y bioeconomia o la bioeconomia circular contribuyen a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Estrategia Europa 2020 «Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador».

Plan de Acción sobre ecoinnovación.

VII Programa General de Acción de la Unión en materia de medio ambiente hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta».

Plan de Acción de la Unión Europea para la Economía Circular «Cerrar el círculo».

Adicionalmente la Comisión trabaja en el impulso de la bioeconomía, la reducción del desperdicio alimentario y la estrategia de plásticos.

Euskadi lleva años trabajando en materia de economía circular. Desde el año 2000 la economía vasca ha crecido un 26 %, mientras que el consumo de materiales se ha reducido un 25 % y el volumen de residuos urbanos que termina en vertedero se ha reducido en un 56 %. Nuestra economía se está desacoplando del consumo de materiales y la generación de residuos mediante el impulso de medidas de economía circular.

La batería de instrumentos y herramientas desplegados en Euskadi en los últimos años se compone principalmente de instrumentos públicos orientados tanto a generar demanda de Economía Circular como a impulsar la oferta empresarial, principalmente a través de la colaboración entre los departamentos competentes en materia de medio ambiente y desarrollo económico.

En este contexto, se procedió a la elaboración de la Estrategia de Economía Circular 2030 de Euskadi y su correspondiente Plan de Acción 2025.

Por otra parte, el Gobierno Vasco, desde el año 2017 ve clara la necesidad de intensificar un ámbito de actuación asociada a la bioeconomía, en la que se abren oportunidades de interés para las empresas y la economía de Euskadi.

Tras realizar en los años 2017 y 2018 visitas a países europeos a fin de conocer de primera mano las experiencias de éxito en bioeconomía circular forestal tanto públicas como privadas, en 2019 se lanza la Hoja de Ruta de Bioeconomía Circular Forestal, con la visión de convertir a Euskadi en una región europea de referencia en materia de bioeconomía circular forestal, basada en un modelo de desarrollo equilibrado y sostenible, que fomenta la generación y consolidación de actividad empresarial de alto valor añadido a partir del aprovechamiento óptimo de los recursos forestales del territorio.

Además, se ha puesto en marcha una línea de apoyo económico para las empresas vascas con el fin de impulsar la bioeconomía, de forma que se ha permitido la puesta en marcha de proyectos piloto y proyectos demostrativos en materia de bioeconomía, que van desde el aprovechamiento de subproductos de la madera para la generación de mobiliario urbano hasta la producción de fibra textil, a partir de mezclas de pasta de celulosa reciclada.

A finales del año 2019, nace la Alianza Vasca por la Bioeconomía AVB impulsada también por el Gobierno Vasco y con la participación inicial de 10 empresas privadas Biotermiak, Cikautxo, Egoin, Global Efficiency Aranguren, Lana, Maier, Maria Duol, Papresa y Smurfit Kappa y representantes de los entes públicos Grupo SPRI, Ente Vasco de la Energía, el Centro Tecnológico NEIKER y la Fundación HAZI. El objetivo de esta alianza es generar una red de agentes empresariales que contribuya a reforzar este modelo económico de generación de productos basados en recursos biológicos y establecer una colaboración estructurada entre instituciones, centros tecnológicos y empresas, para hacer crecer este modo de producción y generación de economía.

Recientemente, en el año 2020, EFI European Forest Institute pone en marcha el Facility de Bioregiones, proyecto en el que Euskadi asume la presidencia. Este proyecto se basa en los siguientes cuatro pilares:

  1. innovación: apoyo a la innovación en bioeconomía a través de programas y eventos específicos de puesta en marcha y escalamiento;

  1. instituciones: intercambio de experiencias, discutiendo políticas informadas por la ciencia para apoyar la creación de mercados para productos biobasados;

  1. infraestructuras y ecosistemas empresariales regionales: sensibilización sobre casos exitosos, conexión de actores relevantes, facilitación de cambios; y por último:

  1. inversiones: conectando regiones a asociaciones público-privadas existentes, facilitando el diálogo entre las pymes, personas emprendedoras, inversoras y con responsabilidad política.

La economía circular y la bioeconomia son ámbitos que se encuentran estrechamente relacionados de forma que es necesario que la planificación de ambas áreas sea coherente y acorde a fin de alcanzar los objetivos que ambas comparten.

El Plan Estratégico de Economía Circular y Bioeconomía 2021-2024 ha sido impulsado y liderado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, siendo gestionado y coordinado conjuntamente por la Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria y la Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental, a través de sus entidades Neiker e Ihobe respectivamente.

El Plan Estratégico de Economía Circular y Bioeconomía 2024 de Euskadi contribuye directamente al cumplimiento de 2 de los 10 Objetivos planteados en el Programa de Gobierno de la XII Legislatura: Objetivo 8. Reducir en un 30 % la emisión de gases de efecto invernadero, y 9. Lograr que la cuota de energías renovables represente el 20 % del consumo final de energía. Además, indirectamente, contribuye a los objetivos 1. Reducir el paro por debajo del 10 % y 3. Lograr la convergencia en I+D con la media europea.

  1. Se informe al público mediante medios electrónicos sobre cualesquiera propuestas de planes, programas o disposiciones de carácter general.

    Asimismo, las Administraciones Públicas velarán, por una parte, para que la información pertinente (incluida la relativa al derecho a la participación en los procesos decisorios) sea inteligible y se ponga a disposición del público, y, por otra parte, para definir con precisión la Administración Pública competente a la que se pueden presentar comentarios o formular alegaciones.

  2. El público tenga derecho a expresar observaciones y opiniones cuando estén abiertas todas las posibilidades, antes de que se adopten decisiones sobre el plan, programa o disposición de carácter general.

  3. Al adoptar decisiones sobre el plan, programa o disposición de carácter general sean debidamente tenidos en cuenta los resultados de la participación pública.

  4. Una vez examinadas las observaciones y opiniones expresadas por el público, se informará al público de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basen dichas decisiones, incluyendo la información relativa al proceso de participación pública.

  1. Toda persona física o jurídica en la que concurra cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  2. Cualesquiera personas jurídicas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio.

Por su parte, a tenor del artículo 21 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, corresponde a la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular Definir y desarrollar acciones relacionadas en la Estrategia de Economía Circular, en el marco de las materias competentes de la Dirección, y fomentar la ecoinnovación.

Vistos la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos; el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente; y demás normativa general de especial aplicación

Asimismo, la referida documentación se encontrará a disposición del público en el tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, así como en la página web de la Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental (https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/medio-ambiente/) y en Irekia Portal de Transparencia del Gobierno Vasco (https://www.irekia.euskadi.eus/es/tags/transparencia/).

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de julio de 2021.

El Director de Calidad Ambiental y Economía Circular,

JAVIER AGIRRE ORCAJO.

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