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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2022, de la Directora de Tráfico, por la que se autoriza la instalación y uso de dispositivos de captación y reproducción de imágenes complementarios de cinemómetros destinados al control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en la red viaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 5
  • Nº orden: 111
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 22/12/2022
  • Fecha de publicación: 09/01/2023

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Seguridad y justicia; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Industria; Interior

Texto legal

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El exceso de velocidad es un factor concurrente que aparece en el 90 % de los accidentes de tráfico que se producen en la red viaria de la Comunidad Autónoma Vasca. Por ello, se hace necesario velar más intensamente en determinados tramos de las carreteras por la seguridad vial.

Así, en los últimos años y en determinados puntos de la red secundaria se está observando un repunte de la accidentalidad. Los análisis de seguridad vial realizados nos señalan que una de las causas concurrentes en esos accidentes es la velocidad.

La experiencia nos ha demostrado que la utilización de cinemómetros para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico es uno de los métodos más efectivos para conseguir que la velocidad de circulación se adecue a los límites marcados en la vía.

Con el objetivo de reforzar la seguridad vial y mejorar la fluidez de la circulación, se ha considerado oportuno la instalación y uso de dispositivos de captación y reproducción de imágenes complementarios de cinemómetros en el tramo de la red viaria señalado en esta resolución.

Por todo lo expuesto, en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional Tercera del Decreto 168/1998, de 21 de julio, por el que se desarrolla el régimen de autorización y utilización de videocámaras por la policía del País Vasco en lugares públicos, según recoge la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, y en el ejercicio de las funciones que atribuye la Dirección de Tráfico el artículo 17.3 del Decreto 83/2017, de 11 de abril, por el que se establece al estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad,

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