Normativa

Imprimir

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto de modificación: recrecido del apoyo 18 de la línea eléctrica a 132 kV «SC,ST. Basauri - ST. Gatika 1», en el término municipal de Bilbao (Bizkaia), y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 123
  • Nº orden: 2922
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 16/06/2022
  • Fecha de publicación: 27/06/2022

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Mostrar índiceOcultar índice

Exp.: 48-AT-Y-2021-00108.

  1. Con fecha 13 diciembre de 2021, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., solicita autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, para el proyecto de modificación: recrecido del apoyo 18 de la línea eléctrica a 132 kV «SC,ST. Basauri ST. Gatika 1», en el término municipal de Bilbao (Bizkaia).

  2. A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 48/2020 de 31 de marzo del Gobierno Vasco y art. 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, se publica el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud en el BOB con fecha 4 de abril de 2022, en el BOPV con fecha 4 de abril de 2022, y en el Diario Deia con fecha 30 de marzo de 2022.

  3. Con fecha 5 de mayo de 2022 se remitió al Ayuntamiento de Bilbao y Diputación Foral de Bizkaia, además de a Telefónica S.A., petición de informe de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública. Y en su caso, el condicionado técnico que considerasen oportuno.

  4. Dentro de los plazos reglamentarios, con fecha 19 de mayo de 2022 Telefónica S.A., presentó condicionado técnico. El promotor mostró su conformidad con el mismo, el cual no supone modificaciones del proyecto, ni oposición a la declaración, en concreto, de utilidad pública.

    FUNDAMENTOS JURÍDICOS

    La Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

    En la tramitación de este expediente se han cumplido las prescripciones establecidas en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en la Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia,

    RESUELVE:

  1. Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de modificación: recrecido del apoyo 18 de la línea eléctrica a 132 kV «SC,ST. Basauri ST. Gatika 1», en el término municipal de Bilbao (Bizkaia).

  2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.

    Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:

  1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

  2. El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución.

  3. El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

  4. La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

    Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

    En Bilbao, a 16 de junio de 2022.

    El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia,

    ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.

Contenidos relacionados.


Historia normativa

No existe ningún contenido relacionado

Competencias y transferencias

No existe ningún contenido relacionado

Documentación de relevancia jurídica

No existe ningún contenido relacionado