5. Proyecto de ley de modificación de la Ley de Gestión de Emergencias.

Proyecto de Ley enviado al parlamento
IDENTIFICACIÓN

Departamento

Seguridad; Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza

Objetivos y Sectores

Actualizar la Ley de Gestión de Emergencias para introducir mejoras y adecuaciones atendiendo a la experiencia acumulada en los últimos años.

La regulación incidirá en los derechos y deberes de autoprotección, los mecanismos de estímulo al cumplimiento de tales deberes y la contribución de las personas o empresas que incrementan los riesgos existentes a las cargas públicas que tales riesgos suponen. Las novedades introducidas incidirán en los supuestos contemplados en el régimen sancionador de la Ley, que incorporará sanciones por incumplimiento de las obligaciones de autoprotección o por alarmas malintencionadas, entre otros.

Otros objetivos
  • Regulación de los aspectos organizativos, operativos y de coordinación de los diferentes servicios, medios y recursos que actúan en el ámbito de la Atención de Emergencias y Protección Civil y su vinculación y posible integración con los servicios de meteorología y climatología a través de la Agencia Vasca de Atención de Emergencias, Protección civil, Meteorología y Climatología.
  • Modificación de la Ley 1/2004, de 25 de febrero, de Ordenación de los Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, para crear una escala de “protección civil y emergencias”.
  • Conferir el rango de autoridad pública al personal de atención de emergencias y protección civil que coordine los operativos de emergencia.
  • Regular requisitos de formación del personal de los cuerpos de bomberos homogéneos, la regulación del acceso, las exigencias formativas, las escalas y otros.
  • Distinciones y reconocimientos en protección civil y atención de emergencias.
  • Creación de un gravamen de protección civil, como un tributo sobre los elementos patrimoniales situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi afectos a actividades de las cuales puede derivar la activación de planes de protección civil. Con objeto de financiar las actividades de previsión, prevención, planificación y formación e información en el ámbito de la protección civil.
  • Creación de tasas por servicios dentro del ámbito de la protección civil y la atención de emergencias. Particularmente creación de una tasa por servicios de rastreo, salvamento y rescate de personas en dificultades como consecuencia de emergencias o accidentes.
Sectores sociales implicados
  • Empresas.
  • Profesionales del sector.
  • Ciudadanía en general.
  • Cuerpos de Bomberos.
  • Voluntariado de protección civil.
  • Funcionariado.

Estimación del impacto presupuestario y financiero

Incidencia financiera limitada dado que supone una reordenación de los medios, recursos y servicios de la actual Dirección de Protección Civil y Emergencias.

Incidencia financiera derivada de los posibles ingresos por el gravamen de protección civil y las tasas.

Fecha estimada de remisión a Consejo de Gobierno para aprobación del Proyecto de Ley

Primer Semestre 2011
FASES DE ELABORACIÓN

Fases Completadas

DocumentosFaseFecha de inicioFecha de finEstado
VerFase 1.1.: Orden del Consejero/a para iniciación del procedimiento.03/01/201107/02/2011Completado
---Fase 2.1.: Aprobación del Consejero/a del texto redactado.07/02/201123/02/2011Completado
VerFase 2.2.: Trámite de negociación, audiencia o consulta.23/02/201101/04/2011Completado
---Fase 2.3.: Informes y dictámentes preceptivos.02/04/201115/06/2011Completado
---Fase 2.4.: Memoria sucinta del procedimiento seguido.16/06/201127/06/2011Completado
VerFase 3.1.: Aprobación en Consejo de Gobierno.28/06/201108/11/2011Completado
---Fase 4.1.: Remisión al Parlamento.09/11/201102/12/2011Completado

Situación de la tramitación parlamentaria

Fecha de la última modificación: 13/10/2016