Normativa

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ORDEN de 29 de noviembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación «Fabrika» Centro de Alto Rendimiento para la Transformación de la Cultura Empresarial-«Fabrika» Fundazioa, Enpresen Kultura Eraldatzeko Errendimendu Handiko Zentroa.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 249
  • Nº orden: 5801
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 29/11/2022
  • Fecha de publicación: 30/12/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía

Texto legal

El 7 de octubre de 2022 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación «Fabrika» Centro de Alto Rendimiento para la Transformación de la Cultura Empresarial«Fabrika» Fundazioa, Enpresen Kultura Eraldatzeko Errendimendu Handiko Zentroa.

Se adjuntó al escrito de solicitud la documentación obrante en el expediente.

La modificación estatutaria fue acordada por unanimidad por el patronato de la fundación en reunión de 4 de julio de 2022. El acuerdo fue elevado a público en San Sebastián, el 27 de septiembre de 2022, ante la notario Dña. Ana Isabel Jaurrieta Alegría (número de protocolo: 1092).

Mediante dicho acuerdo se modifica el artículo 4, apartado 1, de los estatutos, relativo al domicilio fundacional. En virtud de dicha modificación, la fundación tendrá su domicilio en Paseo Miramón n.º 181, San Sebastián, C.P. 20014.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco; el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos; y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Se han aportado al presente expediente cuantos datos y documentos se consideran esenciales, y se ha cumplido especialmente lo previsto en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco; y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Así, la modificación estatutaria practicada se ajusta a las previsiones legales y reglamentarias aplicables.

En virtud de lo expuesto,

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y notificar la Orden a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2022.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

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