La Ley del Recurso de Casación Civil vasco mejorará las condiciones de admisión ante el TSJPV en controversias judiciales sobre el Derecho Civil vasco

18 de octubre de 2021

  • La iniciativa posibilitará que el TSJPV se pronuncie “más a menudo” en cuestiones de Derecho Civil vasco
  • La consejera Garamendi defiende el proyecto de ley que plantea ampliar los supuestos para recurrir por esta vía ante los tribunales
  • La normativa especifica cuáles pueden ser las normas cuya infracción puede ser objeto de recurso de casación y cuáles no
  • El proyecto de ley elimina la cuantía mínima del proceso para poder enjuiciar un ausento en casación y amplia el concepto de ‘interés casacional’

 La consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi, ha comparecido hoy en el Parlamento Vasco para explicar el proyecto de ley del Recurso de Casación Civil Vasco que regula los supuestos en los que cabe el recurso de casación ante los tribunales de justicia cuando las controversias judiciales afectan al Derecho Civil Vasco. La iniciativa plantea la mejora de las condiciones de admisión de este tipo recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).

La iniciativa promovida por la consejera Garamendi responde a la necesidad de impulsar una norma que recoja las especialidades del recurso de casación que se adapte a las particularidades y necesidades del Derecho Civil Vasco. “No con ánimo de promover conflictos, sino a fin de que puedan haber más casos que lleguen a casación y, así, nuestro TSJ, se pronuncie más a menudo. De esta forma, dispondríamos de un análisis judicial y una doctrina que enriquecería y mejoraría nuestro propio Derecho Civil”, ha señalado la titular de Gobernanza Pública y Autogobierno durante su comparecencia ante la comisión de Instituciones, Gobernanza Pública y Seguridad y en la que ha estado acompañada del viceconsejero de Régimen Jurídico, Sabino Torre, y del director de Desarrollo Legislativo y Control Normativo, Xabier Unanue.

Actualmente, y desde la creación del Tribunal Superior de Justicia Vasco en 1989,  los fallos o resoluciones adoptados por las audiencias provinciales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa son recurribles en casación ante el TSJPV. Esto es así cuando se trata de enjuiciar asuntos que se deben resolver de acuerdo con leyes y normas emanadas de las instituciones propias de Euskadi. En el orden civil, esto está, ya, admitido en la propia Ley de enjuiciamiento civil.

Las normas procesales comunes previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil,  aplicables tanto para la casación ante el Tribunal Supremo (TS) como para la casación al TSJPV, contemplan dos vías de acceso al recurso de casación: una por razón de una cuantía económica mínima de 600.000 euros para poder enjuiciar un asunto; y otra por razón de la materia y el interés casacional.

El proyecto de ley plantea eliminar la cuantía mínima al entender que es demasiado elevado, lo que provoca que en Euskadi los casos que llegan al TSJPV sean escasos.  De este modo el alto tribunal vasco se prodigará más en sus sentencias, aumentando así su corpus jurisprudencial y enriqueciendo su doctrina. En la misma línea, la iniciativa prevé la ampliación de los supuestos en que se puede interpretar el llamado ‘interés casacional’, un concepto hoy demasiado restringido para una serie de casos tasados.

Son unos requisitos bastante estrictos que, en la práctica, resultan ser excesivamente exigentes para la realidad de nuestro derecho civil, que se caracteriza por tener unas peculiaridades que responden a la singularidad de nuestra sociedad, y que lo diferencian de forma considerable del derecho civil común.

Ha sido esa falta de adecuación de la normativa estatal a nuestra realidad, la que ha hecho que, en la práctica, en los años de existencia de nuestro Tribunal Superior de Justicia, en la Sala de lo Civil, se hayan dictado, en casación, pocas sentencias en materia de Derecho Civil Vasco. Y han quedado fuera del enjuiciamiento, por las rigurosas exigencias de la casación general, cuestiones forales de gran arraigo y conflictividad social. “Lo que pretendemos hacer, ahora, con este proyecto de Ley que hoy les hemos venido a presentar, es mejorar las condiciones de admisión del recurso de casación, ampliando las posibilidades de que el TSJPV pueda entrar al fondo de cada asunto y dictar sentencia”, ha subrayado la consejera Garamendi.

Este proyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Gobierno el 1 de junio de 2021, en cumplimiento de lo aprobado en el calendario legislativo del Gobierno.