La Ley de actividad física y deporte de Euskadi inicia su andadura en el Parlamento Vasco

Fecha de publicación: 

  • El consejero Bingen Zupiria presenta en la Comisión de Cultura, Euskera y Deportes el anteproyecto de ley que aprobó el Consejo de Gobierno en julio
  • La nueva norma pretende dar respuesta a las necesidades actuales del sector de la actividad física y el deporte

El Consejero de Cultura y Política Lingüística, Bingen Zupiria, acompañado del Director de Actividad Física y Deporte, Jon Redondo, ha presentado en la Comisión de Cultura, Euskera y Deporte del Parlamento Vasco el anteproyecto de Ley de Actividad Física y Deporte de Euskadi. El nuevo texto aprobado en Consejo de Gobierno el 27 de julio permitirá promover y regular la actividad física y el deporte en la Comunidad Autónoma Vasca.

El consejero Bingen Zupiria ha recordado en el Parlamento Vasco que la ley nació a partir de “un largo y fructífero proceso participativo, construido a partir de las aportaciones de diferentes agentes del sector. Después pudimos dar cuerpo a lo que iba a ser la ley y la volvimos a compartir con el sector. De principio a fin, por tanto, esta Ley nace teniendo en cuenta las reflexiones, opiniones y aportaciones del sector”.

Esta nueva ley dará un nuevo marco jurídico a la actividad física y el deporte tras más de dos décadas en vigor de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte. Así, esta nueva norma, reflejará los cambios que ha experimentado la actividad física y el deporte en todos estos años y responderá a sus retos y necesidades actuales. Esta nueva norma consta de quince títulos, 16 disposiciones adicionales, 4 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales. 

En esta nueva ley adquieren un protagonismo especial la promoción de la actividad física y del deporte, el objetivo de alcanzar un deporte más inclusivo, la incorporación de modelos de buena gobernanza, la erradicación de las desigualdades, el fomento del deporte femenino, la obligación de órganos paritarios en las organizaciones deportivas, la clarificación del rol de las administraciones públicas en la lucha contra la obesidad y el sedentarismo y en la tarea de crear hábitos saludables de vida, así como el redimensionamiento y racionalización de las estructuras del deporte federado. Es por ello que la ley prioriza la práctica de actividad física de la ciudadanía con el objetivo de conseguir una sociedad más activa. Para ello se creará la Agencia Vasca de Actividad Física, adscrita al departamento de la Administración Pública competente en materia deportiva, cuyo objetivo será, entre otros, planificar y coordinar las políticas de fomento de la actividad física. Además, entre sus retos estará el de impulsar la tarjeta deportiva única para acceder a los servicios deportivos públicos de Euskadi.  

El texto presentado hoy en el Parlamento Vasco enfatiza en la promoción de la actividad física y del deporte y la necesidad de participación transversal de las diferentes administraciones públicas con competencias en diversas áreas, no solo en la deportiva, como pueden ser también la sanitaria o la educativa, puesto que la responsabilidad de conseguir una sociedad vasca más activa incumbe a diversos sectores. Aun así, la nueva ley sigue considerando al municipio como eje central de la promoción de la actividad física y del deporte puesto que es la administración más cercana a la ciudadanía y titular de la mayoría de los equipos, espacios y servicios deportivos. 

La Ley también incluye de una forma transversal la perspectiva de género y de diversidad de género como principio que deben regir todas las políticas públicas en esta materia y avanzar así hacia la igualdad real y efectiva en el ámbito de la actividad física y del deporte en todas sus facetas. 

La nueva Ley entiende por actividad física “cualquier movimiento corporal producido por los músculos esqueléticos que exija gasto de energía”.  Asimismo, se considerará deporte “todo tipo de actividades físicas, que, mediante una participación, organizada o de otro tipo, tengan por finalidad la expresión o la mejora de la condición física y psíquica, el desarrollo de las relaciones sociales o el logro de resultados en competiciones de todos los niveles”. 

Buena gobernanza 

El nuevo texto incorpora numerosas disposiciones encaminadas a garantizar una buena gobernanza en el sistema deportivo vasco y a promover que las organizaciones deportivas y las actividades que se organicen en el País Vasco estén regidas por los principios de transparencia, eficacia y eficiencia en la gestión, participación democrática, igualdad efectiva, inclusión social, normalización lingüística, etcétera. Se trata de un objetivo que impregna toda la Ley bajo la idea de que el nivel de un sistema deportivo no sólo se debe medir en términos de resultados deportivos, sino también por la calidad de su buena gobernanza, pues el deporte presenta una dimensión social y educativa. 

Federaciones 

La ley simplificará el sistema electoral federativo y tanto los procesos electorales de las federaciones vascas como los de las territoriales serán independientes (hasta ahora los procesos electorales de las federaciones vascas pivotaban en los previos procesos electorales de las territoriales) y las asambleas generales sólo estarán compuestas por representantes de entidades deportivas (hasta ahora las asambleas generales de las federaciones vascas se formaban a partir de las de las asambleas generales de las federaciones territoriales). Así, con la nueva Ley, los clubes y las agrupaciones deportivas se convertirán en el centro de decisión del deporte federado. 

Cuando la nueva ley entre en vigor también se reconocerá a las federaciones deportivas la titularidad de los derechos de explotación económica de sus propias competiciones. 

Nuevas tecnologías

El "Anteproyecto de Ley de la actividad física y del deporte del País Vasco" da cobertura jurídica a las entidades deportivas para que, en caso de no estar recogido en sus estatutos, puedan adoptar acuerdos sin sesiones presenciales, es decir, por medios electrónicos más allá de las medidas extraordinarias adoptadas con ocasión de la situación de emergencia sanitaria derivada de la COVID-19.

Además, el texto incorpora diversas medidas adicionales de adaptación del sistema deportivo a las nuevas tecnologías, simplificando trámites y obligaciones como, por ejemplo, la eliminación de la publicación de los estatutos federativos en los boletines oficiales.

La nueva ley también sienta las bases para la creación de una ventanilla única de eventos deportivos como punto de información y tramitación de las comunicaciones, declaraciones, autorizaciones y licencias que precisan las entidades organizadoras de eventos deportivos, y que tiene como objetivo facilitar la organización de eventos deportivos y crear un entorno más favorable para el desarrollo de tales actividades.

Deporte desde un punto de vista social

La nueva Ley busca la plena inclusión de las personas con discapacidad o con diversidad funcional y trata de remover los obstáculos para alcanzar un deporte inclusivo y para garantizar el respeto de los derechos básicos de este colectivo en el ámbito de la actividad física y del deporte.

La actividad física y del deporte en edad escolar también cuenta con una novedad significativa en la futura Ley. Hoy en día este segmento del deporte se concreta en menores con edades comprendidas entre los 6 y los 16 años, es decir, menores en periodo de escolarización obligatoria. La nueva ley incorporará también, el tramo 0-6 años.

Además, el nuevo texto también pone un acento especial en los aspectos educativos de los y las menores, con particular mención a la lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia o la intolerancia en el deporte, transmitiendo en las edades de iniciación deportiva los necesarios hábitos de respeto, tolerancia y juego limpio.

La futura Ley también impulsará medidas de prevención de la violencia, la xenofobia y la intolerancia en la actividad física y en el deporte mediante políticas activas de prevención.

El "Anteproyecto de Ley de la actividad física y del deporte del País Vasco" incluye la tipificación de nuevas infracciones que podrán ser muy graves, graves o leves. El nuevo texto incluye infracciones relacionadas con la violencia y la intolerancia en el deporte como el racismo, la xenofobia, la discriminación por orientación sexual, por identidad de género o por razones religiosas, entre otros. Estas infracciones pueden suponer sanciones como la suspensión definitiva de la licencia, multas de entre 6.000 y 60.000 euros, clausuras de recintos deportivos o inhabilitaciones, entre otros.

Además, también se tipifican las infracciones relacionadas con la corrupción en el deporte, amaños de partidos e infracciones análogas para preservar la integridad en el deporte. 

Salud de los y las deportistas 

El Título VI del "Anteproyecto de Ley de la actividad física y del deporte del País Vasco" incluye la obligatoriedad de los reconocimientos médicos en las competiciones deportivas y a la hora de emitir licencias, pero evitando una generalización y sólo para los supuestos que se crea necesario. 

Además, la ley regulará la asistencia y protección de los y las deportistas y la novedad más significativa es que la asistencia sanitaria derivada de la práctica deportiva de la ciudadanía en las competiciones deportivas de ámbito autonómico o inferior será prestada por el sistema sanitario público con cargo al mismo. 

Deporte de alto nivel 

La Ley reconoce expresamente el papel que desempeña actualmente la Fundación Basque Team que presta asistencia y gestiona algunos programas del deporte de alto nivel. El texto recoge también las competencias de diferentes instancias gubernamentales. Así los temas relacionados con las y los deportistas de alto nivel y de alto rendimiento serán competencia del Gobierno Vasco, y el de los y las deportistas promesas y talentos, competencia de las diputaciones forales. 

Además, el anteproyecto de ley ofrece una mejor protección a las mujeres deportistas de alto nivel con ocasión del embarazo y la maternidad, proscribiendo efectos negativos como la pérdida de ayudas y subvenciones bajo el pretexto de no haber competido.