El Departamento de Educación acelera el proceso para que las familias reciban directamente las becas de comedor durante el periodo de suspensión de la actividad escolar presencial

26 de marzo de 2020

  • La Viceconsejería de Administración y Servicios aprueba una instrucción para agilizar el trámite para que las familias con derecho a una beca de comedor reciban la cuantía correspondiente a los días en los que no se ofrece dicho servicio

El Departamento de Educación, a través de la Viceconsejería de Administración y Servicios acaba de aprobar una instrucción destinada a facilitar que las familias con derecho a una beca de comedor puedan recibir el importe correspondiente al actual periodo de ausencia de clases presenciales. La situación de emergencia sanitaria creada por el Covid-19 ha ocasionado la suspensión temporal de la actividad escolar presencial de los centros educativos y, en consecuencia, la suspensión de la prestación del servicio de comedor escolar.

La convocatoria de ayudas al estudio para la escolarización de alumnado de niveles no universitarios tiene como objetivo compensar las limitaciones o desequilibrios existentes para acceder a la educación en situación de igualdad. Así, entre los componentes objeto de posible ayuda, se encuentra el del servicio de comedor escolar, para el alumnado de niveles de enseñanza obligatorios y de necesidades educativas especiales que haga uso del mismo.

En aras a atender a las familias que pudieran verse más afectadas, durante el período de suspensión del servicio de comedor se mantendrán dichas ayudas. Esto es, durante la suspensión de la actividad escolar presencial y, por lo tanto, suspensión del servicio de comedor, se mantendrá el abono de las correspondientes ayudas.

Por otro lado, la actual crisis sanitaria, hace precisa la actuación del Departamento de Educación para que dichas ayudas lleguen directamente a las familias, y puedan así cumplir su objetivo final.

Es por ello que, a los efectos de que las familias perceptoras de ayuda para comedor escolar puedan recibir directamente la misma, se adoptan las siguientes instrucciones:

  • En el caso de los centros docentes públicos, con servicio de comedor en régimen de gestión directa, en los que las ayudas se ingresan directamente a los centros, éstos abonarán las ayudas correspondientes directamente a las familias adjudicatarias, a la mayor brevedad, y a través de transferencia bancaria. A tal efecto, por parte de este Departamento, se facilitará a los centros la relación de alumnado beneficiario, así como el importe a abonar a las familias.
  • De igual manera se actuará en el supuesto de las familias que hayan autorizado a los centros educativos la gestión de la ayuda.