El consejero Bingen Zupiria muestra su satisfacción por la aprobación en el Parlamento Vasco de la Ley de Patrimonio Cultural, que permitirá proteger bienes de carácter inmaterial

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  • Gracias a la nueva normativa, que ha sido aprobada con los votos de PNV, PSE, EH Bildu y Podemos, será posible “adaptarse a la evolución que el concepto de patrimonio cultural ha experimentado en los últimos años”.
  • Los bienes culturales quedan definidos en tres ámbitos (patrimonio inmueble, mueble y patrimonio inmaterial) y, además, dentro de estos apartados se recogen 19 categorías.

Vitoria-Gasteiz, 09/05/2019       

El consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, Bingen Zupiria, ha mostrado hoy su satisfacción por la aprobación de la Ley de Patrimonio Cultural Vasco, que modifica la normativa de 1990 e introduce importantes novedades en el ámbito de la protección del patrimonio. Según ha indicado, la nueva Ley pretende impulsar “un modelo más eficiente de protección, y avanza en la puesta en valor de los bienes culturales inmateriales”. Zupiria ha señalado que la aprobación de hoy, que viene precedida de un largo proceso de negociación con los grupos parlamentarios, permitirá adaptarse a la evolución que el concepto de patrimonio cultural ha experimentado en los últimos años.

El anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural Vasco fue aprobado por el Consejo de Gobierno el 18 de julio de 2017, momento en el cual se envió la propuesta al Parlamento Vasco para su negociación. A lo largo del último año y medio esta Ley ha sido negociada por parte de los grupos parlamentarios, que han tenido la oportunidad de introducir las oportunas modificaciones. Finalmente, esta Ley ha sido hoy aprobada con el apoyo de los grupos parlamentarios de PNV, PSE, EH Bildu y Podemos, mientras que el PP se ha abstenido.

 “Agradecemos el apoyo del conjunto de los grupos y sus aportaciones a lo largo de la negociación. A pesar de que el anteproyecto de Ley se aprobó en 2017, el Gobierno Vasco venía trabajando en esta nueva normativa desde la pasada legislatura. Esta nueva Ley busca adaptarse a la evolución que el concepto de patrimonio cultural ha experimentado en los últimos años, así como mejorar la gestión integral de este patrimonio, su investigación, conservación y difusión. A través de la misma impulsamos un modelo más eficiente de protección y se avanza en la puesta en valor de los bienes culturales inmateriales”, ha indicado Zupiria.

El consejero ha explicado que la Ley “incorpora una nueva categorización de los bienes culturales”, que quedan definidos en tres ámbitos: patrimonio inmueble, patrimonio mueble y patrimonio cultural inmaterial. Además, dentro de estos tres apartados se recogen un total de 19 categorías con el fin de abarcar el conjunto de expresiones y tradiciones que forman parte de la cultura vasca. Asimismo, se proponen tres niveles de protección en el caso del patrimonio cultural inmueble: bienes culturales de protección especial, bienes culturales de protección media y bienes culturales de protección básica. Estos últimos bienes, a pesar de que esa protección básica es de carácter municipal, serán inscritos en el registro de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, lo que representa una novedad.

Euskadi fue en su día una de las comunidades pioneras en la creación de un ordenamiento jurídico que garantizase la defensa, enriquecimiento, difusión y fomento de su patrimonio cultural, gracias a la aprobación de la Ley 7/1990 del Patrimonio Cultural Vasco. Ahora, Euskadi vuelve a ser una de las comunidades pioneras en recoger en su normativa la protección del patrimonio inmaterial, algo que en el Estado solo habían hecho hasta la fecha la Comunidad Foral de Navarra y Andalucía.

Bienes inmateriales

El texto normativo incluye dentro del Patrimonio Cultural Vasco “todas aquellas expresiones significativas que configuran la herencia cultural de nuestra comunidad”. Así, se abarca un amplísimo abanico de realidades materiales (inmuebles o muebles) y realidades inmateriales de diferente cariz. Es precisamente en el ámbito de los bienes inmateriales donde esta Ley presenta las principales novedades. El objetivo es abarcar a través de este apartado un numeroso espectro de bienes: “tradiciones orales, artes del espectáculo, usos sociales, rituales y actos festivos, conocimientos y usos relativos a la naturaleza y el universo, y técnicas artesanales tradicionales que van configurando de una manera dinámica la identidad vasca”.

La Ley define así los tres ámbitos en los que se propone dividir los bienes culturales:

  • Patrimonio cultural inmueble: Se refiere a los bienes culturales que no pueden ser trasladados de un lugar a otro por estar vinculados al terreno (el artículo 48 de la Ley regula los casos excepcionales en los que podrían ser trasladados).
  • Patrimonio cultural mueble: Para bienes culturales que pueden ser trasladados o transportados sin perder su identidad cultural.
  • Patrimonio cultural inmaterial: Las “expresiones o conocimientos, junto con los instrumentos, objetos y espacios culturales que les son inherentes, que las comunidades, los grupos y, en su caso, las personas reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural”. Este ámbito abarca diversos bienes que pueden ser reconocidos como parte integrante de la cultura vasca.

Esta nueva propuesta pretende mejorar la división que establecía la normativa hasta ahora vigente, que especificaba cuatro ámbitos (bienes inmuebles, muebles, arqueológicos y etnográficos) y no reconocía de manera específica el patrimonio inmaterial.

Más categorías

En la nueva propuesta normativa se pasa, además, de las tres categorías que hasta ahora existían (monumento, conjunto monumental y espacio cultural) a un total de 19, de manera que se lleva a la Ley la diversidad existente entre los bienes susceptibles de ser valorados. Esta modificación permitirá solucionar los problemas que hasta la fecha existían a la hora de abordar la protección de diversos bienes.

Dentro del ámbito de los bienes inmuebles se recogen las siguientes categorías:

  1. Monumento.
  2. Conjunto monumental.
  3. Zona arqueológica o paleontológica.
  4. Jardín histórico.
  5. Itinerario cultural.
  6. Paisaje cultural.

En lo que a los bienes muebles se refiere, se recogen dos categorías:

  1. Bien mueble individual.
  2. Conjunto de bienes muebles.

Finalmente, dentro del patrimonio cultural inmaterial se recogen otras 11 categorías:

  1. Tradiciones y expresiones orales de la cultura.
  2. Bertsolaritza.
  3. Música.
  4. Danza.
  5. Representaciones tradicionales y conmemorativas.
  6. Usos sociales.
  7. Gastronomía.
  8. Deporte.
  9. Actos festivos.
  10. Conocimientos y usos vinculados con la naturaleza y el universo.
  11. Técnicas artesanales e industriales.

En lo que a los niveles de protección se refiere, se proponen los mencionados tres niveles de protección en el caso del patrimonio cultural inmueble: bienes culturales de protección especial, bienes culturales de protección media y bienes culturales de protección básica. En el caso de los bienes muebles, se ha considerado suficiente distinguir dos niveles de protección: especial y media. Finalmente, para los bienes inmateriales se distinguirá un único nivel de protección, ya que el objetivo en este caso no es la regulación y autorización de usos, sino mantener la autenticidad de estos bienes y garantizar su transmisión.

 

Patrimonio industrial

Entre las aportaciones de los diferentes grupos parlamentarios a lo largo de la negociación, cabe destacar la introducción de un título específico en el que se destaca la importancia del patrimonio industrial (título VIII), así como de la cultura industrial que ha surgido como consecuencia de la actividad industrial. De esta manera, en este ámbito se tienen en cuenta tanto bienes inmuebles como bienes muebles y patrimonio inmaterial. El consejero Zupiria ha aprovechado su intervención hoy en el Parlamento Vasco para destacar el compromiso del Gobierno Vasco con la protección y difusión del patrimonio industrial. En este sentido, ha adelantado que el Ejecutivo ha solicitado formalmente al Ayuntamiento de Barakaldo la cesión de los pabellones de la antigua compañía Orconera para ubicar allí el material industrial recopilado por el propio Gobierno Vasco desde los años 80 (hoy ubicado en Konsoni Lantegia), a fin de poder ponerlo en valor y difundirlo.

Por otro lado, en los títulos V, VI y VII se incluyen medidas para favorecer las condiciones de accesibilidad universal inspiradas en la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

La nueva Ley, además, recoge que las cuestiones vinculadas con el euskera y la cultura vasca que afecten al conjunto de los territorios del euskera se deberán decidir de manera conjunta y colaborativa junto a la Comunidad Foral de Navarra e Iparralde. Así, se recoge la posibilidad de promover acuerdos de colaboración y cooperación con el Gobierno de Navarra y con Euskal Elkargoa de Iparralde (Mancomunidad de Iparralde) en materia de patrimonio cultural.

Coordinación interinstitucional

Teniendo en cuenta que las instituciones competentes a estos efectos son el Gobierno Vasco, las diputaciones y los ayuntamientos, la Ley hace un esfuerzo por concretar las competencias de cada institución. Por eso, la Ley recoge la creación del Consejo de la CAPV de Patrimonio Cultural Vasco y el Órgano Interinstitucional de Patrimonio Cultural Vasco. El primero de ellos tendrá funciones consultivas y de asesoramiento, mientras que el segundo obedece a la necesidad de coordinar las actuaciones entre las instituciones y entre diferentes sectores o departamentos.

La protección a día de hoy

En Euskadi, según el registro de patrimonio cultural, existen alrededor de 11.440 bienes protegidos por la Ley 7/1990 del Patrimonio Cultural Vasco. En lo que a los bienes inmuebles se refiere, 5.845 son bienes arquitectónicos (5.616 cuentan con una protección especial –hasta ahora, bienes calificados– y 229 con una protección media –bienes inventariados), mientras que 5.515 son bienes arqueológicos (4.885 están calificados como zonas de presunción arqueológica, 572 cuentan con una protección especial –calificados– y 58 con una protección media –inventariados–). Además, existen 80 bienes muebles protegidos (todos ellos retablos de diferentes iglesias de la geografía vasca). Finalmente, existen bienes con protección de carácter municipal (protección básica en la nueva Ley), si bien aún no constan en el registro de patrimonio cultural.

En lo que al patrimonio inmaterial se refiere, el Departamento de Cultura y Política Lingüística, a través de la Dirección de Patrimonio Cultural, ha comenzado a trabajar en la eventual protección de bienes como algunos carnavales, el ámbito de la pelota vasca o el de la danza.