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RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2015, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Educación, Política Lingüística y Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 128
  • Nº orden: 3056
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 01/07/2015
  • Fecha de publicación: 09/07/2015

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Medio natural y vivienda
  • Submateria: Administración Pública; Urbanismo y vivienda

Texto legal

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Según se establece en el artículo 8.1 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, «Las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas serán objeto del trámite de audiencia. Asimismo, y cuando la naturaleza de las disposiciones lo aconseje, se someterán a información pública».

El Anteproyecto de Ley mencionado tiene por objeto regular el régimen jurídico del Patrimonio Cultural Vasco, con el fin de garantizar su protección, conservación y puesta en valor, así como de posibilitar su conocimiento, difusión y disfrute, tanto a la generación actual como a las generaciones futuras.

A tal efecto, se somete el Anteproyecto a información pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general, considerándose para ello suficiente el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en los artículos 6.e) y 25 del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura,

  1. Someter a trámite de información pública, por un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, el Anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural Vasco.

  2. El contenido del Anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural Vasco podrá ser consultado por las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, que pudieran resultar afectadas en su interés legítimo, en la Dirección de Patrimonio Cultural sita en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, CP: 01010 de Vitoria-Gasteiz, teléfono 945 01 94 70, así como en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco en euskadi.net, pudiendo presentarse en el plazo señalado las alegaciones, documentos y justificantes que se estimen convenientes.

    En Vitoria-Gasteiz, a 1 de julio de 2015.

    El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

    JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI.

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