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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 4 de diciembre de 2020, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, de quinta modificación de la Orden por la que se aprueban las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 11
  • Nº orden: 200
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 04/12/2020
  • Fecha de publicación: 18/01/2021

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la publicación de la Orden de 4 de diciembre de 2020, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, de quinta modificación de la Orden por la que se aprueban las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias, publicado en el BOPV n.º 253, de 18 de diciembre de 2020, se procede a su corrección:

En la página 2020/5415 (1/7), en el párrafo sexto de la exposición de motivos,

donde dice:

En la reelaboración de las tácticas operativas se ha contado con la colaboración de las diversas instituciones y entidades públicas o privadas implicadas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26.2 del Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias. Igualmente, las nuevas tácticas operativas han obtenido el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Euskadi, con fecha 18 de diciembre de 2019.

debe decir:

En la reelaboración de las tácticas operativas se ha contado con la colaboración de las diversas instituciones y entidades públicas o privadas implicadas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 42 del Texto Refundido de la Ley de Gestión de Emergencias, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril. Igualmente, las nuevas tácticas operativas han obtenido el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Euskadi, con fecha 18 de diciembre de 2019.

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