Normativa

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ORDEN de 6 de octubre de 2010, de la Consejera de Cultura, por la que se inscribe el Caserío Idarreta, sito en Asteasu (Gipuzkoa) como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 216
  • Nº orden: 5289
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 06/10/2010
  • Fecha de publicación: 10/11/2010

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
  • Submateria: Ayuntamientos de la CAPV

Texto legal

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La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 1,0.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que regula los procedimientos de declaración de los bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, a la vista del interés cultural del Caserío Idarreta, sito en Asteasu (Gipuzkoa), fundamentado en su valor cultural, y a tenor de lo dispuesto por la normativa legal aplicable, resolvió incoar mediante Resolución de 26 de mayo de 2010, publicada en BOPV n.º 155, de 13 de agosto, el expediente para su inclusión en el Inventario General de Patrimonio Cultural Vasco.

La tramitación administrativa del referido expediente implicó, de conformidad a lo previsto en los artículos 17 y 11.3 de la mencionada Ley 7/1990 y en las demás disposiciones concordantes, el sometimiento de dicho expediente al trámite de información pública y audiencia a los interesados.

Habiéndose dado correcto cumplimiento a los trámites legales establecidos al efecto, no se han presentado alegaciones.

Es por todo lo que antecede y, a tenor de lo establecido por el artículo 17 de la mencionada Ley, visto el informe de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco y a propuesta del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

  1. Descripción de la delimitación.

    La delimitación incluye, por un lado, el propio edificio en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites:

    Al Oeste una línea trazada a 30 metros de distancia de la fachada Oeste del caserío hasta su encuentro con el camino público que discurre por ese lado y a partir de ahí el borde más cercano de ese camino público.

    Al Sur una línea trazada a 30 metros de distancia de la fachada Sur del caserío.

    Al Este una línea paralela a la fachada Este del caserío trazada a 30 metros de distancia.

    Y, finalmente, al Norte, una línea paralela a la fachada Norte del caserío trazada a 50 metros de distancia, que termina en el borde más cercano del camino público que discurre por el lado Oeste.

  2. Justificación de la delimitación.

    La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los valores ambientales y visuales del entorno del caserío Idarreta situado en una loma de suave pendiente del Upazan bailara de Asteasu. La delimitación del entorno, necesaria para la debida protección y puesta en valor del bien catalogado, implica la protección de los espacios adyacentes al caserío ocupados por los terrenos circundantes y acceso al edificio, a fin de preservar el carácter propio del caserío. Por ello esta delimitación incluye no solamente la edificación propiamente dicha sino también el entorno que lo rodea.

Caserío unifamiliar de planta rectangular estructurado en planta baja, primera y desván. Cubierta a dos aguas en teja canal, con cumbrera perpendicular a la fachada principal de orientación S. Muros perimetrales de mampostería de piedra arenisca y esquinales de piedra sillar caliza. El paño de la pared O presenta muros de sillar de piedra arenisca.

La fachada principal se halla revocada de cemento y es de composición regular. A la altura de la primera planta posee cuatro ventanas con reborde encalado y sobre éstas otras cuatro más pequeñas en el desván. En la planta baja son visibles tres arcos de medio punto que están cegados. Asimismo, la fachada E posee otro arco cegado, similar a los anteriores. Estos arcos daban acceso a un antiguo soportal situado en la fachada principal del edificio. La fachada E presenta en la parte baja un portalón metálico con puerta corrediza. A la altura de la primera planta muestra una viga durmiente sobre la que se apoyan los entramados de madera parciales que posee por este lado, estando los huecos cuajados de mampostería. El bajo cubierta se halla abierto para facilitar la aireación del desván. Adosado a la fachada posee un silo para almacenar heno.

La fachada N, trasera, presenta un anejo con paños de muros similares al resto del edificio, en donde se abren cuatro pequeñas saeteras. La cubierta de este anejo, también de teja canal, es de un solo faldón que se apoya en la fachada N. La fachada O presenta en la planta baja un portalón de acceso con un gran dintel recercado de sillar, y a la altura de la primera planta dos huecos de ventana recercados de sillar, así como un portalón de acceso al desván a través de una rampa de piedra y tierra.

La estructura interior de este edificio lo forman ocho postes enterizos que se apoyan en bases o poyos de piedra que alcanzan la cubierta. Estos postes se unen con vigas y tornapuntas que refuerzan los forjados de la primera planta y el desván. Éste último presenta horquillas sobre las que se apoyan las correas que sostienen la techumbre del caserío, formada por largos cabrios, enlatado y las tejas. De los ocho postes enterizos dos son dobles y corresponden a sendas bernias de lagar de época gótica que posee este caserío.

Idarreta es una importante casa solar pobladora del valle de Aiztondo. El actual edificio corresponde al modelo clásico de caserío lagar guipuzcoano de mediados del siglo XVI. Fue ampliado a fines del siglo XVII dotándole de una crujía en el lado S con un gran pórtico de cuatro arcos. Fue rehecha en la misma época la cubierta dotándole de más altura mediante horquillas naturales de árbol en posición invertida, que hoy soportan la armadura de la cubierta.

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