Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 254/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnica Superior o Técnico Superior en Química y Salud Ambiental.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 18
  • Nº orden: 428
  • Nº disposición: 254
  • Fecha de disposición: 21/12/2021
  • Fecha de publicación: 27/01/2022

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el Decreto 254/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de técnica superior o técnico superior en química y salud ambiental, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 6, de 11 de enero de 2022, se procede a su corrección.

En el Anexo II, en la página 2022/116 (48/82),

donde dice:

Módulo Profesional 8: Control de organismos nocivos.

Código: 1553.

Curso: 1.º.

Duración: 165 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 10.

debe decir:

Módulo Profesional 8: Control de organismos nocivos.

Código: 1553.

Curso: 1.º.

Duración: 198 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 10.

En el Anexo IV, Apartado 1, aclaración nota (2), página 2022/116 (78/82),

donde dice:

(2) En los módulos "1547 Educación para la salud y el medio ambiente", "1550 Salud y riesgos del medio construido" y "1554 Unidad de salud ambiental" tendrá prioridad para su impartición el profesorado de la especialidad de Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico de la familia de Sanidad.

debe decir:

(2) En los módulos "1547 Educación para la salud y el medio ambiente", "1550 Salud y riesgos del medio construido" y "1554 Unidad de salud ambiental" tendrá prioridad para su impartición el profesorado de la especialidad de Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos de la familia de Sanidad.

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