Normativa

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DECRETO 50/2021, de 23 de diciembre, del Lehendakari, de nombramiento del Secretario General del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (CTP).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Lehendakaritza
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 261
  • Nº orden: 6446
  • Nº disposición: 50
  • Fecha de disposición: 23/12/2021
  • Fecha de publicación: 30/12/2021

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Institucional

Texto legal

Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2017, se autorizó la revisión del Convenio de Cooperación Transfronteriza del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos y se aprobaron los nuevos Estatutos del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.

De acuerdo con el artículo 7 de estos Estatutos, la Presidencia del Consorcio es ejercida de manera rotatoria por uno de sus miembros, según el orden establecido en los propios Estatutos. El ejercicio de la Presidencia tiene una duración de 2 años y, en caso de circunstancias excepcionales, puede ser ampliada por una duración máxima de un año.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de los Estatutos del Consorcio, el Comité Ejecutivo es el órgano de decisión del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos para la aplicación de las directrices y decisiones políticas adoptadas por el Pleno.

En virtud del artículo 11 de los mismos Estatutos, la Secretaría General es la representación de la Presidencia en el Comité Ejecutivo del Consorcio de la CTP.

El 13 de diciembre de 2021, en el Consejo Plenario celebrado en Alp (Cerdanya, Catalunya), se ha formalizado el traspaso de la Presidencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña a la Comunidad Autónoma de Euskadi, por lo que la Presidencia del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos corresponde al Lehendakari de la Comunidad Autónoma del País vasco por un periodo de dos años.

A tenor de lo cual

El presente Decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de diciembre de 2021.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

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