Normativa

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DECRETO 139/2022, de 15 de noviembre, por el que se formalizan las renovaciones de los vocales del Consejo Vasco de Universidades.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 227
  • Nº orden: 5177
  • Nº disposición: 139
  • Fecha de disposición: 15/11/2022
  • Fecha de publicación: 28/11/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos

Texto legal

En virtud del artículo 6 de la Ley 19/1998, de 29 de junio, de Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, fue creado el Consejo Vasco de Universidades. La Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, en su artículo 65, declara que dicho Consejo es el órgano de coordinación del Sistema Universitario Vasco y de consulta y asesoramiento del Gobierno Vasco en materia de Universidades. Seguidamente, el artículo 66, relativo a su composición y funcionamiento introduce novedades respecto de la regulación anterior. En concreto, por lo que a la composición se refiere, su apartado primero establece que el Consejo Vasco de Universidades estará presidido por el Consejero o Consejera titular del Departamento competente en materia de Universidades y que ejercerá funciones de Vicepresidente el Viceconsejero o Viceconsejera competente en materia de Universidades. Establece, asimismo, en su letra a), que formarán parte del mismo, entre otros, cinco vocales por designación de la Consejera o Consejero incluido el Viceconsejero anteriormente citado. Por su parte el artículo 3.1 del Decreto 204/2007, de 20 de noviembre, por el que se regula el Consejo Vasco de Universidades, regula su composición.

Según establece el artículo 7.2 del Decreto 204/2007, de 20 de noviembre, por el que se regula el Consejo Vasco de Universidades, los miembros no natos a que se refiere el artículo 66.1 apartados a) de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, serán nombrados por un periodo de dos años.

Por Decreto 271/2020, de 24 de noviembre (BOPV de 27 de noviembre), fueron nombrados como vocales del Consejo Vasco de Universidades, por designación del Consejero de Educación, D. Patxi Xabier Aizpurua Telleria y Dña. María Begoña Pedrosa Lobato.

Por Decreto 271/2020, de 24 de noviembre (BOPV de 27 de noviembre), fueron renovadas como vocales del Consejo Vasco de Universidades, por designación del Consejero de Educación, Dña. Amaia Esquisabel Alegría y Dña. Miren Artaraz Miñón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y previa deliberación y aprobación por el Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2022,

D. Patxi Xabier Aizpurua Telleria, Viceconsejero de Administración y Servicios.

Dña. María Begoña Pedrosa Lobato, Viceconsejera de Educación.

Dña. Miren Artaraz Miñón, Directora de Política y Coordinación Universitaria.

Dña. Amaia Esquisabel Alegría, Directora de Investigación.

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de noviembre de 2022.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.

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