Normativa

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DECRETO 125/2022, de 18 de octubre, por el que se declara de interés social a la Asociación «Askabide Liberación»

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 211
  • Nº orden: 4738
  • Nº disposición: 125
  • Fecha de disposición: 18/10/2022
  • Fecha de publicación: 04/11/2022

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo
  • Submateria: Asuntos sociales

Texto legal

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la Asociación «Askabide Liberación», ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la Asociación «Askabide Liberación» es una entidad constituida en el año 1985. Tiene como objeto los siguientes fines fundacionales:

  1. Atender a aquellas personas que habitualmente ejercen la prostitución, a sus allegados y a cualquier otra persona perteneciente a algún colectivo en situación de exclusión social que tenga relación con la prostitución y que esté radicado dentro del área de actuación de la asociación.

  2. Prestar atención personal y facilitar orientación y ayuda en los siguientes campos:

    Asistencia social.

    Cultural.

    Sanitaria.

    Jurídica.

    Psicológica.

    Formativa.

  3. Posibilitar a estas personas la elección libre de la actividad que quieren desarrollar a través de la formación y capacitación en diferentes ámbitos.

  4. Llevar a cabo una tarea de concienciación y denuncia social sobre la problemática de la prostitución sus causas y sus consecuencias, utilizando todos los medios de comunicación a nuestro alcance.

  5. La formación permanente del personal voluntario de la entidad.

    Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2017. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Bizkaia.

    De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

    En su virtud, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 18 de octubre de 2022,

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