El autor analiza el alcance de las recientes reformas normativas operadas en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades de régimen común relativas a la limitación de la deducibilidad de los gastos financieros dentro del citado Impuesto, con especial atención a los grupos de sociedades. A tal efecto es objeto de estudio el nuevo régimen introducido a través de los Reales Decretos-Leyes 12/2012, de 30 de marzo y 20/2012, de 13 de julio. La aplicación de este nuevo régimen fue precisada además por la Dirección General de Tributos a través de su Resolución de 16 de julio de 2012
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