41. Creación de la Agencia Vasca de Salud Pública. Ley de Salud Pública y Seguridad Alimentaria

Uno de los contenidos que el Anteproyecto de Ley Vasca de Salud Pública y Seguridad Alimentaria contempla es el de la organización de la salud pública en la CAPV. En este sentido, aunque en un principio se valoró la posibilidad de la creación una Agencia, en este momento no se ve viable por los condicionantes económicos actualmente existentes.

IDENTIFICACION

Objetivos

Las crisis de salud pública producidas en los últimos años en el ámbito internacional y las expectativas crecientes de la población en materia de salud pública, unidas a las profundas transformaciones sociales derivadas de la evolución social, de las transformaciones tecnológicas, de la creciente movilidad de personas, bienes y mercancías, de los movimientos migratorios y la multiculturalidad asociada, hacen que sea necesario revisar la adecuación de los servicios de salud pública a los retos de la globalización de los riesgos para la salud y a la necesidad de dar respuestas de prevención y control que sean efectivas, homogéneas, éticas y transparentes, y que contribuyan a generar confianza y seguridad en la ciudadanía.

Se considera fundamental integrar el conjunto de los servicios de salud pública, añadiendo a los de protección de la salud los de salud medioambiental, la seguridad alimentaría, los relativos a la vigilancia de la salud pública, a la prevención de la enfermedad y a la promoción de la salud, para dar respuesta adecuada a las necesidades de la nueva sociedad y estar atentos a las situaciones de mayor desigualdad.

Por tales motivos el objeto principal de la regulación de la Ley de Salud Pública sería la ordenación de las actuaciones, las prestaciones y los servicios en materia de Salud Pública en la Comunidad Autónoma del País Vasco para garantizar la vigilancia de la salud pública, la promoción individual y colectiva, la prevención de la enfermedad y la protección ambiental y la seguridad alimentaría.

Se propone que en la Ley de Salud Pública se cree un ente u órgano que dé soporte al Departamento de Sanidad y Consumo en materia de salud en la definición de las políticas y la planificación de salud pública reforzando el punto de vista científico, técnico y organizativo.

Este ente u órgano dará soporte al ejercicio de autoridad sanitaria de competencia autonómica para proteger a la población de los riesgos sanitarios colectivos. Además se producirá la creación de un sistema de información en Salud Pública integrando los sistemas de información en salud orientándolos a la vigilancia y acción en salud pública y a la gestión estableciendo los instrumentos de colaboración y cooperación entre las diferentes administraciones con responsabilidades en materia de salud pública definiendo sus ámbitos de responsabilidad.

Antecedentes

Aunque no existen antecedentes de la creación del ente u órgano vasco de Salud Pública en la anterior Legislatura (VIII Legislatura), sí se identifica como posible actuación significativa en el Programa Electoral.

Adicionalmente y tal y como se refiere en la comparecencia a petición propia del Consejero de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco ante la comisión de Sanidad y Consumo del Parlamento Vasco para exponer el programa a desarrollar por su departamento durante la IX Legislatura.

La salud pública va a constituir una de nuestras prioridades en estos próximos años y con ese propósito una de las acciones a realizar es la Creación de un ente u órgano vasco de Salud Pública que permita dar un mayor protagonismo a esta actividad, movilizar mayores recursos, coordinar y mejorar sus recursos profesionales, disponer de mejores instrumentos y capacidad de acción para la colaboración con el resto de instituciones, empresas y sociedad civil.

Departamento

Sanidad y Consumo

Departamentos implicados

Departamento de Sanidad y Consumo.

Participación de los Agentes Sociales

  • Asociaciones de Empresariales del Sector Alimentario, Sector medioambiental, Agrario y Sanitario.
  • Asociaciones de Usuarios y Pacientes del Sistema Sanitario.
  • Sector Educativo.
  • Asociaciones Sindicales.
  • Agentes sociales.

Impactos

Impacto normativo

Proyecto de Ley de Salud Pública del País Vasco a través del que se va a crear un ente u órgano vasco de Salud Pública

Impacto organizativo

En el ámbito organizativo se prevé el traslado, en su caso, al ente u órgano de la mayor parte de las y los funcionarios de la Administración del Gobierno Vasco que realizan actualmente en estas tareas dentro de la Dirección de Salud Pública.

Impacto presupuestario y financiero
  • Asesoría externa para la puesta en marcha del ente u órgano de Salud Pública.
  • Tareas de organización y benchmarking.
  • Reorganización de los sistemas de información de salud pública.
  • Formación del personal.
  • Reorganización recursos humanos.
  • Total Presupuesto estimado: 644.000€
Impacto en otras actuaciones

Departamento de Medioambiente, Agricultura, Pesca y Ganadería.

Impacto en las relaciones institucionales
  • Ayuntamientos: La creación del ente u órgano propiciaría una cooperación más estrecha con los servicios de salud pública municipales en el proceso de reforma, mediante su implicación en una red de equipos locales de salud pública.
  • Diputaciones Forales: También se propiciaría una cooperación más estrecha en su ámbito más territorial y en sus competencias sociosanitarias.

Plazo previsto para la ejecución de la actuación

2010/2013
Fecha de la última modificación: 01/08/2012