Ayudas para la Responsabilidad Social Empresarial Euskadi 2022

[RSE 22]

Descripción


Objeto


a) Implantación de la RSE en las empresas mediante la elaboración de las memorias de sostenibilidad. Las memorias de sostenibilidad habrán de seguir la metodología GRI, SG21, ISO2300 o similares. También será subvencionable la elaboración de memorias de contabilidad social aplicada.

b) Realización del Diagnóstico de contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en empresas que no sean de economía social, mediante herramientas o formularios debidamente cualificados y estandarizados, incluyendo la posibilidad de la adaptación de las mencionadas en el precedente apartado a) de este artículo.

c) Realización del Diagnóstico de contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en empresas de economía social, mediante herramientas o formularios específicamente diseñadas para ellas.

d) Actividades de difusión de la cultura de la RSE en ámbitos públicos, empresariales y corporativos.

 

Dotación presupuestaria

150.000

Prestación económica

.- La cuantía de la subvención y los límites aplicables serán los siguientes:

a) Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.a): el 75% del coste neto de la actividad, con un límite de 3.000 euros por entidad beneficiaria.

b) Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.b): el 75% del coste neto de la actividad, con un límite de 2.000 euros por entidad beneficiaria.

c) Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.c): el 75% del coste neto de la actividad, con un límite de 2.000 euros por entidad beneficiaria.

d) Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.d): el 75% del coste neto de la actividad, con un límite de 10.000 euros por entidad beneficiaria.

Forma de pago:

El sistema de pago de las subvenciones será fraccionado, abonándose del modo siguiente:

a) Un primer pago del 60% del total de la subvención, transcurridos quince días a contar desde el siguiente al de la notificación de la concesión, sin haber mediado renuncia expresa.

b) Un segundo pago del 40% restante, finalizada la acción o acciones subvencionadas.

2.- Para hacer efectivo el segundo pago de la subvención la Entidad beneficiaria deberá aportar cuenta justificativa simplificada de la subvención concedida, que contendrá la siguiente información:

a) Memoria justificativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

b) Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad. En el caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.

c) Detalle de otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como intereses derivados de los mismos.

3.- El órgano concedente comprobará, mediante un muestreo de las principales cantidades imputadas y debidamente justificadas para cada una de las entidades beneficiarias, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin requerirá a las entidades beneficiarias la remisión de los justificantes de gasto seleccionados.

4.- El plazo para la presentación de la documentación mencionada en el párrafo anterior será de 3 meses desde la finalización de las acciones subvencionadas y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2021.


 

A quién va dirigido


Sociedad cooperativa

Requisitos:

  • Estar constituida como cooperativa agraria

  • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

PYMEs (pequeñas y medianas empresas)

Requisitos:

  • Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Estar legalmente constituida

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Organismos


Organismo que convoca

  • Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Economía Social

Organismo que resuelve

  • Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Economía Social

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1011806

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites