Ayudas para acciones locales de promoción del empleo 2020. (Fomento del empleo y ayudas a la contratación)

[LPEEL-2020]

Descripción


Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en especial a las de las zonas catalogadas como de actuación prioritaria, con el propósito de poner en marcha proyectos dirigidos a la creación de empleo, que repercutan en el desarrollo socioeconómico y modernización del territorio objeto de actuación y permitan ofrecer oportunidades de empleo de forma equilibrada en todas las comarcas de Euskadi, en coherencia con la Estrategia Vasca de Empleo 2020 y con el principio de igualdad de mujeres y hombres.

Dotación presupuestaria

39.888.890 €

Prestación económica

  • 20.500.000 euros a distribuir entre el conjunto de comarcas y municipios en función de la población desempleada en el mes de mayo de 2020, con un mínimo de 75.000 euros por entidad.
  • 13.500.000 euros dirigidas a aquellas comarcas y municipios con especial incidencia de desempleo.
  • 5.888.890 euros, a distribuir entre el conjunto de comarcas y municipios considerados zonas de actuación prioritaria, en función de la población desempleada en el mes de mayo de 2020.

La distribución presupuestaria máxima para cada ámbito territorial se establece en el Anexo IV de la citada convocatoria.

Forma de pago:

Las subvenciones se abonarán en dos pagos:

  • Un primer pago del 55%, tras la remisión de la resolución.
  • Un segundo pago del 45% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del proyecto y una vez justificados los gastos en los términos previstos en el Artículo 9.

A quién va dirigido


Mancomunidades

Cuadrillas

Municipios de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco

Agrupaciones de municipios de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco

Agrupaciones de municipios o municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como las agencias de desarrollo local con personalidad jurídica dependientes de los mismos

Requisitos

  • Con carácter general, los proyectos locales de empleo se subvencionarán por municipio o por parte de una Mancomunidad, Cuadrilla o agrupación de municipios debiendo haber sido consensuados en el ámbito de las mismas por la mayoría de los municipios o por aquellos que representen al menos el 51% de la población de la comarca, según la Revisión del Padrón municipal en vigor que obrará en el ayuntamiento correspondiente.

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones

  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.

  • No estar incursa en ninguna de las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Información de contacto


Correo electrónico: tokikolaguntzak@lanbide.eus

Servicio Fomento de Empleo : 945-062.413

Oficina Territorial Alava: 945-062 398

Oficina Territorial Bizkaia: 944-986 065 / 944-986.067

Oficina Territorial Gipuzkoa: 943-596.217 / 943-596.213

 

Código

1009207

Solicitud y aportación de documentación


Adjunto a la solicitud:

  1. Memoria Técnica descriptiva del Proyecto de Desarrollo Económico y Creación de Empleo. La memoria deberá incluir información suficiente para la verificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.
  2. Memoria Económica que contenga las previsiones de gastos relativos a la ejecución del Proyecto, así como su viabilidad.
  3. Previsión de contratación con datos desglosados por sexo, y en su caso, breve memoria sobre la incorporación de la perspectiva de género en el proyecto presentado.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde la presentación de la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites