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LÍNEA PERMANENTE DE AYUDA HUMANITARIA
Se compone de dos líneas de subvención: la primera dependiente de un fondo de emergencia abierto durante todo el ejercicio y sin límite presupuestario; y la segunda orientada a entidades especialistas con una visión más estratégica, que incluye prevención, atención y sensibilización. En el marco del Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo.
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