Genero-irizpideak dituzten kontratuen pleguen bilduma: Kontratuaren xedea
EUSKO JAURLARITZA
"Mugikortasunaren eta garraio-eskariaren gaineko azterlana 2011” aholkularitza eta laguntza teknikoa (pdf, 145 KB) - Gaztelaniaz
- Reseñamos que para la realización de este trabajo debe tenerse en cuenta el articulado de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres, y las directrices de actuación del V Plan de Igualdad en la CAE 2010-2013. En particular, subrayamos que el articulado de la Ley insta a la integración de modo efectivo de la perspectiva de género en lo estudios y estadísticas (artículo 16).
- Objeto del contrato: Elaboración de los contenidos de texto y audiovisuales que permitan a la ciudadanía conocer de primera mano los eventos, noticias, informaciones, decisiones o actuaciones del Gobierno Vasco y de todas sus entidades, con perspectiva de género.
Ejecución del trabajo de campo de la encuesta de cualificación de la Población Activa 2015 (PDF, 100 KB) - Gaztelaniaz
- Deberá cumplirse el artículo 16 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Asimismo, deberá tenerse en cuenta el artículo 3.4 de la misma Ley, que exige la incorporación de la perspectiva de género en las políticas y acciones de los poderes públicos vascos.
Ejecución del trabajo de campo de la Encuesta de Familias y Hogares vascos (2015) (PDF, 200 KB) - Gaztelaniaz
- Resulta de aplicación el artículo 18.4 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres por el que se regula el uso no sexista de todo tipo de lenguaje en los documentos y soportes que produzcan los poderes públicos vascos directamente o a través de terceras partes o entidades.
Estudio de movilidad e imagen de la demanda 2016 (PDF, 350 KB) - Gaztelaniaz
- El objeto es describir los trabajos y su desarrollo, relacionar las materias que han de ser objeto de estudio, definir las condiciones y los criterios que han de servir de base y concretar el material a elaborar y entregar por la empresa consultora. Para la realización de este trabajo debe tenerse en cuenta el articulado de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres y las directrices de actuación del VI Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres) (año 2013). En particular, subrayamos que el articulado de la Ley insta a la integración de modo efectivo de la perspectiva de género en los estudios y estadísticas (artículo 16) y al uso no sexista de todo tipo de lenguaje en los documentos y soportes que se produzcan.
- La contratación tiene por objeto la prestación de un servicio de atención telefónica durante 24 horas, los 365 días al año, a las víctimas de cualquier manifestación de violencia de género. La empresa adjudicataria deberá cumplir las obligaciones relativas a la igualdad de mujeres y hombres previstas en la normativa vigente. Asimismo, deberá realizar cursos de formación transversal, en materia de igualdad, destinado al personal técnico que atiende a las personas usuarias. Se articularán medidas para facilitar, que quienes participen en la acción formativa, puedan asistir a la misma dentro del horario laboral.
ARABAKO FORU ALDUNDIA
- La empresa adjudicataria adaptará la programación y actividades, a los materiales didácticos en materia de integración de la perspectiva de género en las acciones de ocio y tiempo libre, deberá hacer uso de un lenguaje no sexista en toda la documentación relacionada con el contrato, así como desagregar por sexo toda la información generada y usada.
BIZKAIKO FORU ALDUNDIA
- Metodologian eta eskaintzetako materialean genero ikuspegia zeharka tratatzea.
GIPUZKOAKO FORU ALDUNDIA
Concesión de uso y gestión de los Centros de acogida y atención a personas víctimas de violencia machista (PDF, 150 KB) - Gaztelaniaz
- El presente pliego tiene por objeto fijar las condiciones técnicas que han de regir en el concurso para la adjudicación del contrato administrativo especial de atención del “Centro de Acogida de atención a personas víctimas de violencia de género” dónde se prestará el servicio de acogida residencial a mujeres mayores de edad o menores emancipadas víctimas de maltrato doméstico y violencia sexual y a las personas que dependen de estas mujeres (hijos a su cargo o personas adultas dependientes). Los principios y criterios rectores de la actuación serán acordes con lo establecido por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, la Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás disposiciones legales vinculantes.
Servicios de atención sociojurídica para mujeres víctimas de violencia machista (PDF, 600 KB)
- La entidad contratada deberá poner en marcha un plan de formación en materia de igualdad para todo el personal que efectuará la atención sociojurídica
KORDOBAKO UNIBERTSITATEA
Horniduren kontratazioa prozedura irekiaren bidez (pdf, 686,17 KB) - Gaztelaniaz
- Por tanto, este servicio se ejecutará con métodos, prácticas y productos respetuosos con estos principios constitucionales así como con los establecidos en la Declaración de 19 de diciembre de 2008 de la Universidad de Córdoba, por la que se compromete al desarrollo de una política de compra pública ética e incluirá, entre otros, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la calidad y estabilidad en el empleo y la correcta gestión medioambiental, favoreciendo la participación e inclusión en el mercado de empresas ejemplares que fomenten el desarrollo humano y social.
PATERNAKO UDALA
- Constituye el objeto de la presente instrucción la inclusión en los pliegos particulares de los contratos públicos de aquellas condiciones especiales de ejecución de los mismos y criterios de adjudicación que permitan: eliminar las desigualdades entre hombre y mujer en el mercado laboral
CASTELLÓNGO UDALA
Contratación, mediante procedimiento abierto, del servicio "Escola de Matí I de Vesprada" (pdf, 244,65 KB) - Gaztelaniaz
- El presente pliego tiene por objeto regular la contratación, mediante procedimiento abierto, de la prestación del servicio denominado "Escola de Mati i de Vesprada, curso 2012-2013", con la incorporación de criterios de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.